MODIFICA RESOLUCIÓN N° 615 EXENTA, DE FECHA 6 DE JULIO DE 2017, Y SUS MODIFICACIONES, QUE DISPONE LLAMADO REGIONAL A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DE TÍTULO I PROYECTOS DE ASOCIACIÓN TERRITORIAL, EN LAS TIPOLOGÍAS CONSTRUCCIÓN CONJUNTO HABITACIONAL, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS
Núm. 1.064 exenta.- Rancagua, 15 de noviembre de 2017.
Visto:
1. Lo dispuesto por la Constitución Política de la República de Chile, Arts. 6° y 7°;
2. Lo dispuesto en la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la administración del Estado, del Ministerio del Interior, publicada en el Diario Oficial de fecha 5 de diciembre de 1986, en su Art. 2°;
3. Ley N° 16.391, del Ministerio de Obras Públicas, publicado en el Diario Oficial con fecha 16 de diciembre de 1965 que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
4. Ley N° 20.981, de fecha 15 de diciembre de 2016, que aprueba el presupuesto del Sector Público para el año 2017.
5. Ley N° 19.880, de 23 de mayo de 2003, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado;
6. Decreto ley N° 1.305, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
7. Las facultades que me confiere el decreto N° 397, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial con fecha 8 de febrero de 1977, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, modificado por el decreto N° 3, de fecha 3 de junio de 2016, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
8. Decreto supremo N° 46, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 20 de agosto de 2015, que nombra al Seremi a contar del 1 de agosto de 2015, publicado en el Diario Oficial el 28 de octubre de 2015.
9. El DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa de Habitabilidad Rural;
10. Resolución exenta N° 3.129 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que aprueba el Cuadro Normativo de Estándar Técnico para el Programa Habitabilidad Rural, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 47 del DS N° 10 (V. y U.), de 2015;
11. Resolución exenta N° 3.130 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base y grados de aislamiento, para las comunas del país, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 del DS N° 10 ( V. y U.), de 2015;
12. Resolución exenta N° 3.131 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social a programa de Habitabilidad Rural que regula el DS N° 10 (V. y U.), de 2015;
13. Resolución exenta N° 3.771 (V. y U.), de fecha 20 de junio de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, para proyectos emplazados en comunas y/o localidades con distintos grados de aislamiento;
14. Resolución exenta N° 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, y sus modificaciones que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa habitacional regulado por el DS N°10 (V. y U.), de 2015;
15. Circular N° 6, de fecha 3 de febrero de 2017, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, mediante la cual se informa el Programa de Subsidios Habitacionales del año 2017;
16. Circular N° 38, de fecha 6 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, mediante la cual se informa el Programa de Subsidios Habitacionales del año 2017;
17. Resolución exenta N° 429, de fecha 4 de mayo de 2017, y sus modificaciones, mediante la cual la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, define los territorios para Proyectos de Asociación Territorial, del Título I, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015;
18. La resolución exenta N° 7.709, de fecha 16 de junio de 2017, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante la cual se autoriza al Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, a realizar un Llamado Regional en condiciones especiales, para el otorgamiento de Subsidios Habitacionales, correspondientes al Título I Proyectos de Asociación Territorial, en las tipologías Construcción de Conjunto Habitacional, del Programa de Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, destinado a familias que residan en los territorios identificados en la resolución exenta citada en visto 8 precedente, excluidas las localidades urbanas de 5.000 o más habitantes de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins;
19. La resolución exenta N° 615, de la Secretaría Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 6 de julio de 2017, y sus modificaciones, que dispone el Llamado Regional a proceso de selección en condiciones especiales, para el otorgamiento de subsidios habitacionales, Título I Proyectos de Asociación Territorial, en las tipologías de Construcción de Conjunto Habitacional, del Programa Habitabilidad Rural, regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, destinado a familias que residan en cualquier lugar de los territorios definidos, excluidas las localidades urbanas de 5.000 o más habitantes de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins;
20. La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que establece normas de exención de trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Que, cerrado el proceso de postulación del Llamado Regional en Condiciones Especiales, correspondiente al Título I Proyectos de Asociación Territorial, para postulantes que cuenten con expediente aprobado en las Tipologías Construcción de Conjunto Habitacional, regulado mediante la resolución exenta N° 615, de fecha 6 de julio de 2017, y sus modificaciones, cierre efectuado el 8 de septiembre de 2017; se procedió a seleccionar a los postulantes de acuerdo a lo señalado en dicha resolución, a lo establecido en el DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y a los recursos dispuestos para este Llamado Regional, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Sustitúyase el resuelvo 18 de la resolución exenta N° 615 de esta Secretaría Regional Ministerial, de fecha 06.07.2017, correspondiente al Párrafo referido Recursos Disponibles, por el siguiente:
18. Los recursos involucrados para la selección ascienden a un total de 172.236,87 UF, y su distribución territorial será la siguiente:

2. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al proceso de postulación del Llamado Regional en Condiciones Especiales de 2017, del Programa Habitabilidad Rural en su Título I Proyectos Asociación Territorial, tipología Construcción Conjunto Habitacional, de la resolución exenta N° 429, de fecha 4 de mayo de 2017, cuyos expedientes fueron aprobados hasta el 20 de agosto de 2017. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de la presente resolución. Además, fíjase el número de postulantes seleccionados por territorio, según se indica en la siguiente tabla:

3. Comprométanse los recursos disponibles para la selección del Llamado Regional en Condiciones Especiales de 2017 del Programa de Habitabilidad Rural, en su Título I Proyectos Asociación Territorial, para la Tipología Construcción Conjunto Habitacional, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios habitacionales, cuyos proyectos deberán ser aprobados en los plazos establecidos en el artículo 44 del DS N° 10 (V. y U.), de 2015, y cuyas prórrogas o nuevos plazos deberán atender estrictamente a lo establecido en el artículo 63 del mismo reglamento, así como al pago de los servicios de Asistencia Técnica (AT), Conservador de Bienes Raíces y Fiscalización Técnica de Obras (FTO). Corresponderá a Serviu, en el marco de la aprobación del proyecto, la evaluación del presupuesto detallado de cada subsidio otorgado en el marco de esta resolución, debiendo rebajar total o parcialmente el monto asignado al postulante seleccionado, cuando los recursos solicitados no se encuentren debidamente fundamentados y justificados. La distribución de los recursos que se comprometen para los comités que se detalla, es el siguiente:

4. Los subsidios asignados mediante la presente resolución se imputarán a los recursos correspondientes a la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, dispuestos para el Programa de Habitabilidad Rural del año 2017.
5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial; y en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, conforme a lo indicado en el resuelvo 2 de la presente resolución.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial, comuníquese y archívese.- Hernán Rodríguez Baeza, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador Gral. Bernardo O'Higgins.

