EXTRACTO


    Por Decreto M.O.P. (Exento) N°1.419, de 09 de noviembre de 2017, y en base a la facultad otorgada por los artículos 3° letra a), 10° letra c), 14° letra e), y 105° del D.F.L. M.O.P. N°850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840 y del DFL. MOP. N°206, de 1960, se expropiaron los lotes de terreno N°s. 7 y 10, para la obra: "Camino Almagro- Rulo- Cardal-Puente Fierro, Sector Km. 0,60000 al Km. 8,50000", que figuran a nombre de SUC. MARIQUEO CAYUMIL JUAN SEGUNDO y HUEICHAQUEO GALLARDO PEDRO F, roles de avalúo 604-137 y 604-134, Comuna de Nueva Imperial, IX Región de La Araucanía, superficies 60 m2 y 77 m2. respectivamente. La Comisión de Peritos integrada por ENEDINA DEL CARMEN CID RAMIREZ, PABLO ALEJANDRO SEPULVEDA GOMEZ y EVALDO ROBERTO CONTRERAS ROA, mediante informe de tasación de 12 de julio de 2011, fijó el monto de la indemnización provisional en la cantidad de $322.500.-, para el lote N°7 y $447.750.-, para el lote N°10. La indemnización se pagará al contado. La publicación se efectúa en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N° 2.186, de 1978.


    Fiscal del Ministerio de Obras Públicas.