ADecreto 30,
EDUCACIÓN
Art. único Nº 5)
D.O. 20.04.2024
rtículo tercero. Al noveno proceso de postulación le serán aplicables los plazos siguientes:
   
    a) Las universidades del Estado enviarán a la Subsecretaría de Educación Superior copia de la resolución que contenga la nómina de todos los postulantes que cumplen con los requisitos legales para acceder a la bonificación adicional, señalada en el inciso segundo del artículo 9, a más tardar, el 10 de marzo de 2026, y
    b) La Subsecretaría de Educación Superior dictará la resolución que establecerá la distribución de cupos señalada en el inciso primero del artículo 10, a más tardar, el 17 de abril de 2026.