La presente ley establece un reajuste de 2,5% a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás retribuciones en dinero, imponibles para salud y pensiones, o no imponibles, de los trabajadores del sector público, a contar del 1 de diciembre de 2017.

    Artículo 38.- Modifícase la planta de personal del Ministerio del Medio Ambiente, contenida en el artículo 1 del decreto con fuerza de ley N° 4, de 2010, de Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en el sentido que se expresa:
    1) Reemplázase el número de cargos correspondiente a Jefes de División grado 4, el guarismo "2" por "3".
    2) Reemplázase en el TOTAL correspondiente a la planta de Directivos de exclusiva confianza, el guarismo "21" por "22".