Artículo 6.- Establécese una asignación      Art. 6.
electoral para el personal de planta y a          Ley Nº 20.900, art. 8, Nº 3,
contrata del Servicio Electoral, la que          D.O. 14.04.2016
contendrá los siguientes componentes:

    a) Un componente fijo.
    b) Un componente proporcional, que
se regirá por las disposiciones del
artículo 8 de esta ley.

    La asignación se pagará mensualmente,
tendrá el carácter de imponible y tributable
y no servirá de base de cálculo de ninguna
otra remuneración.
    El personal que preste servicios por
un período de tiempo inferior a un mes,
tendrá derecho a que se le pague la
asignación en proporción a los días completos
efectivamente trabajados.