MODIFICA LÍMITES DE LA ZONA TÍPICA O PINTORESCA "VILLA GARCÍA", UBICADA EN LA COMUNA DE CUNCO, PROVINCIA DE CAUTÍN, REGIÓN DE LA ARAUCANÍA, DECLARADA MEDIANTE EL DECRETO SUPREMO N° 552, DE 2015, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
    Núm. 334.- Santiago, 26 de octubre de 2017.
    Considerando:
    Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, recibió la solicitud de la Sra. Romina Tuma Zeidan, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía, para rectificar los límites de la Zona Típica "Villa García", ubicada en la comuna de Cunco, provincia de Cautín, Región de la Araucanía, declarada como tal mediante el decreto supremo N° 552, de 2015, de esta Secretaría de Estado;
    Que la petición se funda en que, al momento de la declaración indicada, se utilizó un plano con la cartografía que se disponía a la fecha, pero que en el marco de la modificación del Plan Regulador Comunal, se realizó un levantamiento detallado que tiene diferencias, razón por la que se hace necesario graficar con la cartografía actualizada los límites de la zona típica, corrigiendo la información;
    Que, el Consejo de Monumentos Nacionales, en sesión de 12 de abril de 2017, aprobó por mayoría de votos la rectificación de los límites y solicitó a esta Secretaría de Estado dictar el correspondiente decreto;
    Que, en mérito de lo anterior se hace necesario la modificación del decreto supremo N° 552, de 2015, en el sentido de rectificar los límites de la citada zona típica o pintoresca, y
    Visto:
    Lo dispuesto en los artículos 32 N° 6 y 35 de la Constitución Política de la República; la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales; el decreto supremo N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; los decretos supremos N° 552, de 16/12/2015 y N° 223, de 27/07/2016, ambos del Ministerio de Educación; el oficio Ord. N° 4.611, de 15/09/2017, del Vicepresidente Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales; el oficio Ord. N° 215, de 16/02/2017, de la Sra. Romina Tuma Zeidan, Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de la Araucanía; las actas de la Sesión Ordinaria de 12 de abril (punto 9) y de 12 de julio (punto 80), ambas de 2017, todas del Consejo de Monumentos Nacionales, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
    Decreto:
    Artículo único.- Modifíquense los límites de la Zona Típica "Villa García", ubicada en la comuna de Cunco, provincia de Cautín, Región de la Araucanía, declarada por el decreto supremo N° 552, de 2015, de este Ministerio, en el sentido de reemplazar el inciso segundo del artículo 2° del decreto anteriormente señalado, por el que continuación se indica:
    "El área del polígono tiene una superficie aproximada de 250.377 mts.² (25,03 hectáreas), según se delimita por el polígono 1-2-3-4-5-6-7-8-9-10-11-1 del plano adjunto N° 028-2017, de 14/09/2017, visado por el Consejo de Monumentos Nacionales, que forma parte del presente decreto y cuyos límites son los siguientes:

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    Artículo 2°.- Archívese una copia del presente decreto junto al decreto supremo N° 552, de 2015, del Ministerio de Educación.
    Anótese, tómese razón y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Adriana Delpiano Puelma, Ministra de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Valentina Karina Quiroga Canahuate, Subsecretaria de Educación.