MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5.697 EXENTA (V. Y U.), DE 2017, CORRESPONDIENTE AL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II DEL PROGRAMA HABITABILIDAD RURAL, MODALIDAD VIVIENDA NUEVA Y MEJORAMIENTO DEL ENTORNO Y EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, Y APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS
    Santiago, 22 de diciembre de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 14.537 exenta.
    Visto:
    1. El DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, y sus modificaciones, que regula el Programa de Habitabilidad Rural;
    2. La resolución exenta Nº 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Habitabilidad Rural regulado por el DS Nº 10 (V. y U.), de 2015.
    3. La Circular Nº 6, de fecha 3 de febrero de 2017, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, dirigida a los Seremi Minvu y Directores Serviu de todas las regiones, mediante la cual se informa el Programa de Subsidios Habitacionales del año 2017.
    4. La resolución exenta Nº 5.697 (V. y U.), de fecha 3 de mayo de 2017, y sus modificaciones, mediante la cual se realiza el llamado en condiciones especiales a proceso de selección nacional para el otorgamiento de subsidios habitacionales de Título II en las Modalidades Vivienda Nueva y Mejoramiento del Entorno y Equipamiento Comunitario, del Programa de Habitabilidad Rural, en la alternativa individual y colectiva, y se establece la distribución de recursos entre las regiones convocadas por el Llamado.
    5. La resolución exenta Nº 7.849 (V. y U.), de fecha 21 de junio de 2017, que modifica la resolución exenta Nº 5.697 citada en el visto 4 precedente, especialmente en lo que respecta a la distribución de recursos del Llamado.
    6. La resolución exenta Nº 12.616 (V. y U.), de fecha 25 de octubre de 2017, que modifica la resolución exenta Nº 5.697 citada en el visto 4 precedente y aprueba nómina de seleccionados por un total de 1.382 familias.
    Considerando:
    La necesidad de modificar la resolución exenta Nº 5.697 citada en el visto 4 de la presente resolución, dicto la siguiente:
    Resolución:

    1. Modifícase la resolución exenta Nº 5.697 (V. y U.), de fecha 3 de mayo de 2017, y sus modificaciones en el sentido de complementar los recursos asignados a las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O'Higgins, Biobío, Los Ríos y Los Lagos, en las siguientes cantidades:

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    2. Modifícase la resolución exenta Nº 12.616 (V. y U.), de 2017, en el sentido de agregar a continuación de su Visto 2., el siguiente Visto 3. pasando sus Visto 3., 4., 5., 6., 7., 8. y 9., a ser 4., 5., 6., 7., 8., 9. y 10., respectivamente:
    "3. La resolución exenta Nº 3.129 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que aprueba Cuadro Normativo de Estándar Técnico de Habitabilidad Rural, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 47 del párrafo I del Capítulo V del DS Nº 10 (V. y U.) de 2015, y sus modificaciones.".
    3. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales, correspondientes al llamado efectuado por la resolución exenta Nº 5.697 (V. y U.), de fecha 3 de mayo de 2017, y sus modificaciones. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de la presente resolución.
    4. Impútense los recursos a que se refiere el resuelvo 1. al presupuesto del Ministerio de Vivienda y Urbanismo para el año 2017. Estos recursos deberán destinarse al financiamiento de subsidios habitacionales, cuyos proyectos deberán ser aprobados en los plazos establecidos en el artículo 44 del DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, y cuyas prórrogas o nuevos plazos deberán atender estrictamente a lo establecido en el artículo 63 del mismo reglamento, así como al pago de los servicios de Asistencia Técnica (AT), Conservador de Bienes Raíces y Fiscalización Técnica de Obras (FTO). Corresponderá a cada Serviu, en el marco de la aprobación del proyecto, la evaluación del presupuesto detallado de cada subsidio otorgado en el marco de esta resolución, debiendo rebajar total o parcialmente el monto asignado al postulante seleccionado, cuando los recursos solicitados no se encuentren debidamente fundamentados y justificados.

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    5. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en un periódico regional según la región que se trate, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados, aprobadas conforme al resuelvo 3 de esta resolución, las que deberán contener a lo menos la comuna, el nombre del grupo, el código del expediente de postulación, la cédula de identidad del postulante seleccionado y el puntaje obtenido por el grupo.


    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Paulina Saball Astaburuaga, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- María Cecilia Cáceres Navarrete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo (S).