Artículo 31.- EnLey 21614
Art. único N° 11
D.O. 28.09.2023tero de los recursos al Fondo. Los ingresos recibidos serán depositados mensualmente en una cuenta única que será llevada por las Mutualidades de Empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo legal en que las entidades recaudadoras reciben las cotizaciones correspondientes, término que se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente si dicho plazo expira en día sábado, domingo o festivo.
Art. único N° 11
D.O. 28.09.2023tero de los recursos al Fondo. Los ingresos recibidos serán depositados mensualmente en una cuenta única que será llevada por las Mutualidades de Empleadores y el Instituto de Seguridad Laboral dentro de los cinco días siguientes al vencimiento del plazo legal en que las entidades recaudadoras reciben las cotizaciones correspondientes, término que se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente si dicho plazo expira en día sábado, domingo o festivo.