Artículo 27.- Responsabilidad. El jefe superior de los servicios u organismos que participen del Subsistema velará por el cumplimiento de los deberes que dicha participación exija debiendo realizar las gestiones necesarias para hacer efectivas las responsabilidades que cause su incumplimiento, en especial, para los casos en que sin causa justificada, se deniegue una prestación que corresponda conforme con las normas que rigen el Subsistema de Protección Integral a la Infancia - Chile Crece Contigo.