CREA EL PREMIO NACIONAL INSPIRA TEC
    Núm. 138.- Santiago, 15 de noviembre de 2017.
    Vistos:
    Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República de Chile; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
    Considerando:
    Que, es altamente relevante potenciar el desarrollo de la industria tecnológica chilena, en aras de promover el crecimiento y fortalecer la innovación.
    Que, el rol femenino en la industria tecnológica tiene una escasa participación, superando apenas un 5% a nivel mundial.
    Que, se ha estimado conveniente la institución de un premio destinado a promover a las mujeres que se destaquen en esta disciplina.
    Que, son objetivos del premio reconocer a las mujeres destacadas en el sector tecnológico que tengan un impacto positivo en su entorno; fomentar la visibilidad de las mujeres que participan en la economía digital; e, inspirar a otras mujeres a estudiar, emprender y trabajar en el sector tecnológico.
    Decreto:

    Artículo primero: Créase a partir del año 2017, el Premio Nacional Inspira Tec, el cual tendrá por objetivo conceder un reconocimiento público a aquellas mujeres que se hubieren destacado por su participación, desarrollo e investigación enDecreto 37,
ECONOMÍA
Art. primero, a)
D.O. 18.08.2021
emprendimientos de base STEM (Ciencia, Tecnología, Ingeniería y Matemáticas).


    ArtículoDecreto 37,
ECONOMÍA
Art. primero, b)
D.O. 18.08.2021
segundo: El Premio será otorgado anualmente y será gestionado por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, quien determinará cada año, por medio de resolución, sus condiciones generales, la integración del jurado y sus respectivas categorías, además de presidir el jurado.


    Artículo tercero: Una resolución, dictada por la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, establecerá las reglas por las cuales se organizará la premiación.
    LaDecreto 37,
ECONOMÍA
Art. primero, c)
D.O. 18.08.2021
Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño podrá mandatar a título gratuito la gestión y/u organización total o parcial del premio a un organismo público o privado, el que será designado mediante resolución fundada con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575.
    Lo anterior es sin perjuicio de la eventual contratación de los bienes y servicios necesarios para la ceremonia de premiación que la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño realice con arreglo a la ley Nº 19.886 y su reglamento, en la medida que cuente con la disponibilidad presupuestaria.


    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Natalia Piergentili Domenech, Ministra de Economía, Fomento y Turismo (S).
    Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Natalia Piergentili Domenech, Subsecretaria de Economía y Empresas de Menor Tamaño.