MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 420, DE 2016, DE ESTE MINISTERIO QUE CREA EL CENTRO METROPOLITANO DE ATENCIÓN PREHOSPITALARIA DE ALTA COMPLEJIDAD DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL Y DEMÁS QUE SEÑALA, PARA ORDENAR SU PUBLICACIÓN
    Núm. 7 exento.- Santiago, 17 de enero de 2018.
    Vistos:
    Lo establecido en el decreto con fuerza de ley Nº 1/2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; los decretos supremos Nº 136, de 2004, Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; Nº 140 de 2005, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, y Nº 102, de 2006, que faculta a Ministra de Salud para firmar "Por orden de la Presidenta de la República", todos del Ministerio de Salud; el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República.
    Considerando:
    1.- Que, a través de decreto supremo exento Nº 420, de 29 de noviembre de 2016 de este Ministerio, se crea el Centro Metropolitano de Atención Prehospitalaria de alta complejidad, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Central, y se modifica la resolución Nº 1, de 1984 del Ministerio de Salud, que determina y clasifica establecimientos asistenciales del Servicio de Salud Metropolitano Central.
    2.- Que en lo resolutivo del acto indicado no se ordenó su publicación en el Diario Oficial.
    3.- Que la materia interesa a un número indeterminado de personas, y resulta necesario la publicación de ese acto, conforme lo prescribe el artículo 48 letra b) de la ley Nº 19.880, por lo que:
    Decreto:
    1° Modifícase el decreto supremo exento Nº 420, de 29 de noviembre de 2016, de este Ministerio que "Crea el Centro Metropolitano de Atención Prehospitalaria de alta complejidad, y modifica resolución Nº 1, de 1984, del Ministerio de Salud que determina y clasifica establecimientos asistenciales del Servicio de Salud Metropolitano Central", en la forma que sigue:
    - Modifica en lo resolutivo, la expresión "Anótese y comuníquese", por la expresión "Anótese, comuníquese y publíquese".
    2° Publíquese el presente decreto, conjuntamente con el decreto supremo Nº 420, ya singularizado en el numeral anterior.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden de la Presidenta de la República, Carmen Castillo  Taucher, Ministra de Salud.
    Transcribo para su conocimiento decreto Ex. Nº 7, de 17-01-2018.- Saluda atentamente a Ud, Jaime Burrows Oyarzún, Subsecretario de Salud Pública.