Artículo único.- Agréguese al Apéndice de la resolución exenta N° 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, los siguientes números de servicio de emergencia:
NÚMERO SERVICIO DE PARA TENER ACCESO A
EMERGENCIA
1445 Fono Emergencia La recepción de llamadas atendidas por
Ñuñoa personal de la Municipalidad de Ñuñoa,
respecto de situaciones de emergencia
que ocurran en dicha comuna.
1446 Fono Emergencia La recepción de llamadas atendidas por
La Granja personal de la Unidad de Seguridad Pública
de la Municipalidad de La Granja, respecto
de situaciones de emergencia que ocurran
en dicha comuna.