MODIFICA RESOLUCIÓN N° 633, DE 2003, QUE ESTABLECE REQUISITOS PARA LA IMPORTACIÓN DE MATERIAL VEGETAL COMO CULTIVO DE TEJIDO IN VITRO

    Núm. 8.224 exenta.- Santiago, 26 de diciembre de 2017.

    Vistos:

    Lo dispuesto en la ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N° 3.557, de 1980, del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola; el decreto N° 510, de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG); la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; las resoluciones N° 633, de 2003; N° 3.080, de 2003; N° 3.815, de 2003; N° 133, de 2005; N° 3.589, de 2012, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

    Considerando:

    1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante indistintamente el Servicio, es la autoridad nacional encargada de proteger el patrimonio fitosanitario del país.
    2. Que, el Servicio está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
    3. Que, el Servicio ha recibido solicitudes de usuarios interesados en importar al país, material vegetal in vitro de las especies Echinacea spp, Eucomis spp, Dionaea muscipula, Duboisia leichhardtii, Duboisia myoporoides, Prunus spinosa y Scilla spp., artículos que actualmente no se encuentran establecidos requisitos fitosanitarios para su importación desde cualquier origen.
    4. Que, de acuerdo a lo previsto en la resolución N° 3.815, de 2003, de este Servicio, se han realizado los Análisis de Riesgo de Plagas para plagas cuarentenarias de material vegetal in vitro provenientes de cualquier origen de las especies Echinacea spp, Eucomis spp, Dionaea muscipula, Duboisia leichhardtii, Duboisia myoporoides, Prunus spinosa y Scilla spp., lo que ha permitido establecer los requisitos fitosanitarios correspondientes.
    Resuelvo:


    1. Modifícase la resolución N° 633, de 2003, que establece requisitos para la importación de material vegetal como cultivo de tejido in vitro, en lo siguiente:
    1.1. Agrégase en el número 4.3, Frutales, por orden alfabético, la siguiente especie y fitopatógenos a certificar:

    .

    1.2. Agrégase en el número 4.3, Cultivos y hortalizas, por orden alfabético, las siguientes especies y fitopatógenos a certificar:

    .

    1.3. Agrégase en el número 4.3, Ornamentales B. Sin declaración adicional, por orden alfabético, las especies Echinacea spp, Eucomis spp, Dionaea muscipula y Scilla spp.


    Anótese, comuníquese y publíquese.- Ángel Sartori Arellano, Director Nacional, Servicio Agrícola y Ganadero.