COMPLEMENTA RESOLUCIÓN N° 180 EXENTA/2015 A EFECTOS DE INCORPORAR NUEVOS FUNCIONARIOS DEL CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA COMO SUJETOS PASIVOS DE LOBBY CONFORME A LA LEY N° 20.730
    Núm. 62 exenta.- Santiago, 9 de febrero de 2018.
    Visto:
    Lo dispuesto en la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285, especialmente sus artículos 33 letra l), 36 y 42 tetra a) y b); la ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios; el decreto N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el Reglamento de la ley N° 20.730; la resolución exenta N° 180, de 29 de abril de 2015, que establece funcionarios del Consejo para la Transparencia considerados sujetos pasivos de lobby conforme a la ley N° 20.730; la resolución exenta N° 641, de 18 de octubre de 2016, que aprueba modificaciones al Reglamento Orgánico del Consejo para la Transparencia y fija el texto refundido del mismo, estableciendo el orden de subrogación en caso de ausencia del Director General; y la resolución exenta N° 632, de 2015, que aprobó la modificación del contrato de trabajo de doña Andrea Ruiz Rosas, designándola Directora Jurídica de esta Corporación.
    Considerando:
    a) Que el Consejo para la Transparencia ha sido creado por la ley N° 20.285, de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de los órganos de la Administración del Estado, y garantizar el derecho de Acceso a la Información.
    b) Que según lo dispone el artículo 4° numeral 7 de la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, en adelante "Ley del Lobby", son sujetos pasivos de dicha ley -entre otros- los consejeros del Consejo para la Transparencia.
    c) Que de acuerdo al inciso segundo del citado artículo 4° de la Ley del Lobby, este Consejo podrá establecer que otros funcionarios sean considerados sujetos pasivos para efectos de esta ley, cuando en razón de su función o cargo y por tener atribuciones decisorias relevantes o por influir decisivamente en las personas que tienen dichas atribuciones, sea necesario someterlos a esta normativa, para efectos de transparencia. Agrega esta norma que tales personas deberán ser individualizadas anualmente por resolución de la autoridad competente, la cual deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos vinculados al cumplimiento de las normas de transparencia activa de la Ley de Transparencia.
    d) Que conforme a la referida atribución, este Consejo dictó la resolución exenta N° 180, de 29 de abril de 2015, publicada en el Diario Oficial el 4 de junio de 2015, que estableció los funcionarios del Consejo para la Transparencia considerados sujetos pasivos de lobby, conforme a la Ley N° 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios.
    e) Que atendida la facultad mencionada anteriormente, y con miras a fortalecer la transparencia en el ejercicio de la función pública y el mayor control social de la ciudadanía, se ha determinado incluir como sujetos pasivos para efectos de la ley N° 20.730 a la Directora Jurídica y a la Directora de Fiscalización del Consejo para la Transparencia, como asimismo, al Secretario de su Consejo Directivo, sin perjuicio de aquellos funcionarios establecidos mediante la resolución exenta N° 180, de 29 de abril de 2015, que se mantienen en esa calidad.
    Resuelvo:

    1° Compleméntese la resolución exenta N° 180, de 29 de abril de 2015, que estableció los sujetos pasivos para efectos de la ley N° 20.730, incorporando como nuevos sujetos pasivos, a los siguientes funcionarios del Consejo para la Transparencia:
    a) Director/a Jurídica.
    b) Director/a de Fiscalización.
    c) Secretario/a Consejo Directivo.
    2° Regístrese, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial, en los Registros de Agenda Pública señalados en la Ley del Lobby, la información pertinente a los sujetos pasivos establecidos a través de la presente resolución.
    3° Publíquese el presente acto en el Diario Oficial de la República, en conformidad al artículo 48 letra b) de la ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; y publíquese en el sitio electrónico de Transparencia Activa del Consejo para la Transparencia, conforme al artículo 4° inciso segundo de la Ley del Lobby.


    Anótese, publíquese del modo señalado y archívese.- Andrea Ruiz Rosas, Directora General (S), Consejo para la Transparencia.