MODIFICA LOS DECRETOS SUPREMOS Nos 251, DE 1998, Y 126, DE 2012, AMBOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTES EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Núm. 84.- Santiago, 21 de agosto de 2017.
    Visto:
    Lo dispuesto en los artículos 32º Nº 6º y 35º de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.059; la ley Nº 20.604; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; los decretos supremos Nºs 251, de 1998, 122 y 126, ambos de 2012, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable, y
    Considerando:
    1. La necesidad de extender la profesionalización de los conductores con tecnología de punta, como son los simuladores de inmersión total, a todas las comunas del país, garantizando la seguridad en el proceso de aprendizaje formativo;
    2. Que, consecuente con el desarrollo del país y su impacto con el área de transporte terrestre mayor para carga como para pasajeros, se ha incrementado la demanda de conductores profesionales Clases A-3 y A-5;
    3. Que, atendido lo anterior, es indispensable permitir que las Escuelas de Conductores Profesionales, autorizadas para impartir los Cursos Especiales con Simuladores de Inmersión Total, puedan, excepcionalmente, impartir dichos cursos en comunas y localidades ubicadas en una dirección distinta a la consignada en la solicitud para obtener el reconocimiento.
    4. Que, en consecuencia, es preciso modificar el decreto supremo Nº 251, de 1998, y el decreto supremo Nº 126, de 2012, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes.
    Decreto:
    Artículo 1°: Modifícase el decreto supremo Nº 251, de 1998, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, como sigue:
    1. Modifícase el artículo 7º en lo siguiente:
    Incorpórase la siguiente letra d), nueva: "d) Tratándose del Curso Especial con Simuladores de Inmersión Total, documento otorgado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a que se refiere el artículo 4º del decreto supremo Nº 126, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que certifique el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 7., del artículo 3º del mismo cuerpo normativo.".


    a) Intercálase en el encabezado del inciso primero de su artículo 3º, entre la expresión "requisitos técnicos" y la frase "que a continuación", la siguiente frase: "y demás características".
    b) Agrégase en su artículo 3º el siguiente numeral 7., nuevo: "7. En los casos en que se desee utilizar el SIT en la forma establecida en el artículo 7º del decreto supremo Nº 251, de 1998, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la factibilidad de trasladar y operar el equipo en recintos móviles.".

    Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Juan Matías Sime Zegarra, Jefe División Administración y Finanzas.