1.- Modifícase el artículo 3° del decreto supremo N° 131, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Hacienda que aprueba el procedimiento y las condiciones para el pago del bono "Tarjeta Nacional del Estudiante (TNE)" establecido en el artículo sexto transitorio de la ley N° 20.696, suprimiéndose la expresión "hasta".
    2.- Elimínase del artículo 3°, la expresión "El monto del bono anual será determinado por resolución conjunta de los Ministerios de Hacienda, Transportes y Telecomunicaciones."