Art. 2.° La provincia Malleco limitará:

    Al norte, por el límite sur de la provincia de Bio-Bío, desde la cordillera de Nahuelbuta hasta la de Pemehue;
    Al oriente, por la cima de esta cordillera, desde su inteseccion con el límite norte, hasta el volcan Lonquimai;
    Al sur, a partir de este volcan, por el curso del riachuelo Ñire, hasta su confluencia con el Cautin; el curso de este rio hasta el vado de Llallacura, i de aquí, una recta al puente situado a inmediaciones de Quillen, sobre el rio de este nombre; el curso de este rio hasta su confluencia con el Lumaco, i luego el paralelo correspondiente a este punto de confluencia hasta la cordillera de Nahuelbuta; i
    Al occidente, la cima de esta cordillera hasta tocar el límite norte de la provincia.