Artículo 5°.- Fijánse las siguientes plantas de personal del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, que se indican a continuación:
    A) PLANTA DE DIRECTIVOS
    1) Directivos Afectos al Sistema de Alta Dirección Pública
    a) Primer Nivel Jerárquico Título VI Ley N° 19.882
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    b) Segundo Nivel Jerárquico Título VI ley N° 19.882
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    c) Directivos afectos al artículo 8° del decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo
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    d) Directivos de Carrera
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    B) PLANTA DE PROFESIONALES
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    C) PLANTA DE TÉCNICOS
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    D) PLANTA DE ADMINISTRATIVOS
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    E) PLANTA DE AUXILIARES
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    Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, los cargos de las plantas de personal establecidos precedentemente, estarán afectos a lo señalado en el artículo 15° y en las disposiciones transitorias de este decreto con fuerza de ley.

   



NOTA
      Los numerales 4 y 5 del artículo primero del Decreto con Fuerza de Ley 10, Hacienda, publicado el 09.07.2018, crea un cargo de Director Regional, grado 6°, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública, segundo nivel jerárquico, en la planta de personal de Directivos del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, asimismo,  tres cargos de Jefe Departamento Unidades Regionales, grado 8°, en la planta de personal de Directivos, del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural