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Decreto 18

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Decreto 18

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  • Anexo Cursa con alcances el decreto N° 18, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes

Decreto 18 MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

Decreto 18

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Promulgación: 21-FEB-2018

Publicación: 02-MAR-2018

Versión: Única - 24-FEB-2018

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MODIFICA EL DECRETO SUPREMO N° 170, DE 2016, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA
    Núm. 18.- Santiago, 21 de febrero de 2018.
    Visto:
    Lo dispuesto en los artículos 32º Nº 6º y 35º de la Constitución Política de la República; la ley Nº 18.059; la ley Nº 20.309; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que contiene el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; los decretos supremos Nos 97, de 1984; 170, de 1985; 23, de 2000, y 170, de 2016, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución Nº 35, de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Aprueba Formato de Bases Técnicas y Administrativas de Licitación y de Términos de Referencia para trato directo para la provisión de insumos de confección de licencias de conductor; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y en la demás normativa que resulte aplicable.
    Considerando:
    1. Que mediante el decreto supremo Nº 170, de 2016, citado en el Visto, se modificaron los decretos supremos Nos 23, de 2000; 97, de 1984, y 170, de 1985, y se dejó sin efecto el decreto supremo Nº 189, de 2013, todos del aludido Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    2. Que el referido decreto supremo, entre otras modificaciones, incorporó un nuevo artículo 2 bis al referido decreto supremo Nº 97, de 1984, que establece que para obtener la autorización para otorgar licencias de conductor, así como para mantenerla, las municipalidades deberán sujetarse al formato de bases de licitación o de términos de referencia que establezca el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, mediante resolución.
    3. Que las indicadas bases y términos de referencia fueron aprobadas mediante resolución Nº 35, del 1 de septiembre de 2017, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que, a la fecha del presente acto administrativo, se encuentra en trámite de toma de razón ante la Contraloría General de la República.
    4. Que, atendido lo anterior, resulta necesario modificar la fecha de entrada en vigencia de la obligación antes señalada.
    Decreto:

    Artículo único: Modifícase el artículo quinto del decreto supremo Nº 170, de 2016, en el sentido de reemplazar la expresión "doce" por "quince".



    Artículo transitorio: La presente modificación comenzará a regir desde el 24 de febrero de 2018.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- MARIO FERNÁNDEZ BAEZA, Vicepresidente de la República.- Paola Tapia Salas, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda a Ud., Juan Matías Sime Zegarra, Jefe División Administración y Finanzas.

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
División de Infraestructura y Regulación
    Cursa con alcances el decreto N° 18, de 2018, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes
    N° 5.807.- Santiago, 23 de febrero de 2018.
    La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que modifica el plazo para la entrada en vigencia de las disposiciones contenidas en los artículos primero y segundo del decreto Nº 170, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, pero cumple con reiterar el alcance que sobre la materia se formuló, en su oportunidad, a dicho decreto -oficio Nº 6.189, de 2017-, en orden a que ello es sin perjuicio de lo manifestado por este organismo de control -respecto de la Casa de Moneda de Chile S.A.- en sus dictámenes Nos 70.620, de 2013, y 71.184, de 2014.
    Además, cabe señalar que la resolución Nº 1.600, de esta entidad fiscalizadora, es del año 2008, aspecto que se ha omitido consignar en el visto del instrumento en examen.
    Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República (S).
    A la señora
    Ministra de Transportes y Telecomunicaciones
    Presente.
Tipo Versión Desde Hasta Modificaciones
Única
De 24-FEB-2018
24-FEB-2018

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