Artículo 21°: Nómina definitiva: A más tardar la segunda semana de abril del año respectivo el Departamento de Recursos Humanos deberá entregar al Presidente de la Corte Suprema la nómina definitiva de funcionarios y funcionarias que accederán al beneficio, de quienes tendrán preferencia para acceder a un cupo correspondiente al año inmediatamente siguiente, indicando además las postulaciones que no cumplieron los requisitos para acceder al beneficio. En el primer proceso de postulación el plazo de entrega de nóminas definitivas será informado en el respectivo llamado a postulación.
    Los funcionarios y funcionarias que resulten beneficiarios de cupos en el año respectivo serán notificados por el Departamento de Recursos Humanos a través de correo electrónico y por carta certificada, según el domicilio informado por el postulante en el formulario de postulación.
    Una vez notificado el cupo, el funcionario o funcionaria no podrá desistirse y se tramitará la renuncia al cargo en los términos indicados en la postulación.