Art. 8.° La Intendencia tendrá los siguientes empleados, con los sueldos anuales que a continuación se espresan:
Un secretario, con tres mil pesos;
Un oficial primero, encargado de la estadística, con dos mil pesos;
Un oficial segundo, encargado del archivo, con mil quinientos pesos; i
Un oficial ausiliar con mil doscientos pesos.