Art. 8.° La Intendencia tendrá los siguientes empleados, con los sueldos anuales que a continuación se espresan:
    Un secretario, con tres mil pesos;
    Un oficial primero, encargado de la estadística, con dos mil pesos;
    Un oficial segundo, encargado del archivo, con mil quinientos pesos; i
    Un oficial ausiliar con mil doscientos pesos.