ESTABLECE TOLERANCIAS DE PESO PARA VEHÍCULOS DE CARGA Y PASAJEROS
    Núm. 60.- Santiago, 23 de febrero de 2018.
    Vistos:
    Las atribuciones que me confiere la Ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del MOP, cuyo texto fue refundido por decreto MOP N° 294, de 1984, lo dispuesto en la Ley N° 19.171, de 1992, el decreto supremo MOP N° 158, de 1980, y
    Considerando:
    Que, el Ministerio de Obras Públicas mediante decreto supremo N° 158 de 1980, ha establecido los límites de peso de los vehículos que circulan por los caminos públicos.
    Que, las normas sobre peso máximo tienen por objetivo proteger la vida útil de los pavimentos de los caminos públicos, evitando su deterioro prematuro.
    Que, para el control de los vehículos la Dirección de Vialidad dispone de una red de plazas de pesaje fijas, móviles y equipos portátiles.
    Que, de conformidad con lo anterior, los buses y camiones están obligados a controlar sus pesos en todas las plazas de pesaje de la Red Vial Nacional.
    Que, sin perjuicio de aquello, en la práctica, se asume la existencia de errores inherentes a los sistemas de pesaje, lo cual se encuentra actualmente regulado en la resolución D.V. N° 519, de 1996, que establece tolerancias de peso para vehículos de carga y pasajeros.
    Que, en los últimos años, producto de la incorporación de nuevos elementos tecnológicos en los vehículos para reducir la emisión de contaminantes y en los buses, componentes para mejorar la seguridad de los pasajeros, han incrementado el peso de los vehículos, con la consiguiente reducción del margen de tolerancia.
    Que, a consecuencia de lo anterior, diversos países han adoptado medidas especiales para aumentar los límites de peso y/o tolerancias que son superiores a los que actualmente aplica Chile.
    Que, se estima conveniente elevar la tolerancia de algunos ejes, con el objetivo de restituir los márgenes afectados.
    Resolución:

    1.- Déjese sin efecto la resolución D.V. N° 519, del 30 de julio de 1996.
    2.- Déjese sin efecto la resolución D.V. N° 173, del 22 de septiembre de 2017, sin tramitar.
    3.- Apruébense las tolerancias de peso para las configuraciones de ejes, rodados y peso bruto total que se indican:
    .
    4.- Establécese que las tolerancias fijadas no eximen al conductor del vehículo, que se encuentra dentro de ellas, de la obligación de reestibar o trasladar la sobrecarga a otro vehículo, de manera de ajustarse a los límites de peso establecidos en el decreto supremo MOP N° 158 de 1980.

    Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- Walter Brüning Maldonado, Director Nacional de Vialidad.