SUSTITUYE REGLAMENTO SOBRE CONCESIONES MARÍTIMAS, FIJADO POR DECRETO SUPREMO (M) Nº 2, DE 2005, DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Núm. 9.- Santiago, 11 de enero de 2018. Visto:
a) Lo dispuesto en el DFL Nº 340, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que contiene la Ley sobre Concesiones Marítimas;
b) La Ley Nº 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional;
c) El DFL Nº 292, de 1953, que aprobó la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante;
d) La Ley Nº 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
e) El DFL Nº 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones;
f) La Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente;
g) El decreto ley N 2.222, de 1978, Ley de Navegación;
h) La Ley Nº 20.249, que crea el Espacio Costero Marino de los Pueblos Originarios;
i) La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
j) El DS (M) N° 991, de 1987, del Ministerio de Defensa Nacional, que fija la Jurisdicción de las Gobernaciones Marítimas de la República y establece las Capitanías de Puerto y sus respectivas Jurisdicciones;
k) El DS Nº 1.340 bis, de 1941, Reglamento General de Policía Marítima, Fluvial y Lacustre;
l) El artículo 32, Nº 6, de la Constitución Política de la República; y
m) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
a) Que la aplicación del decreto supremo (M) Nº 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, que sustituye Reglamento sobre Concesiones Marítimas, fijado por decreto (M) Nº 660, de 1988, ha permitido identificar diversos aspectos relativos a la tramitación de solicitudes de concesiones marítimas que pueden ser mejorados para efectos de cumplir con los principios de eficacia y eficiencia que contempla el artículo 3º de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
b) Que el desarrollo de proyectos públicos y privados en el borde costero requiere la coordinación de múltiples organismos públicos que tienen competencia sectoriales sobre los intereses que pueden desarrollarse en la precitada franja territorial y que, en definitiva, requieren de un permiso administrativo entregado por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante o del Ministerio de Defensa Nacional; y
c) Que la coordinación descrita en el literal precedente requiere que la normativa reglamentaria sobre concesiones marítimas contemple figuras e instituciones de otras normativas sectoriales.
Decreto:
Sustitúyese el Reglamento sobre Concesiones Marítimas, fijado por decreto supremo (M) Nº 2, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, por el siguiente:
ÍNDICE
TÍTULO I
Definiciones
TÍTULO II
Administración del borde costero y títulos administrativos
Párrafo 1º
Facultades de administración del borde costero
Párrafo 2º
Concesiones mayores y menores y destinaciones marítimas
Párrafo 3º
Permisos y autorizaciones
Párrafo 4º
Disposiciones generales
TÍTULO III
Reglas comunes de ordenación del procedimiento
TÍTULO IV
Procedimiento de solicitudes de permisos y autorizaciones
Párrafo 1º
Inicio del procedimiento
Párrafo 2º
Requisitos de la solicitud
Párrafo 3º
Notificación y entrega material
Párrafo 4º
Disposiciones especiales
TÍTULO V
Procedimiento de solicitudes de concesiones mayores y menores y destinaciones marítimas
Párrafo 1º
Inicio del procedimiento
Párrafo 2º
Requisitos de la solicitud
Párrafo 3º
Informes
Párrafo 4º
Régimen de publicidad de la solicitud y oposición
Párrafo 5º
Notificación, publicación y entrega material
TÍTULO VI
Ejecución de rellenos, obras y régimen de mejoras
Párrafo 1º
Ejecución de rellenos y obras
Párrafo 2º
Régimen de mejoras
TÍTULO VII
Transferencia, arriendo o cesión de uso de concesiones mayores o menores
Párrafo 1º
Disposiciones generales
Párrafo 2º
Transferencia
Párrafo 3º
Arrendamiento o cesión de uso
TÍTULO VIII
Régimen sancionatorio
Párrafo 1º
Disposiciones generales
Párrafo 2º
Caducidad
Párrafo 3º
Sanciones por infracciones menos graves
TÍTULO IX
Terminación de las concesiones
TÍTULO X
Ocupación ilegal
TÍTULO XI
Rentas y tarifas
TÍTULO XII
Disposiciones finales
DISPOSICIONES TRANSITORIAS