Artículo 1.- El Ministerio de Relaciones Exteriores (en adelante también el "Ministerio"), es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño, planificación, prospección, conducción, coordinación, ejecución, control e información de la política exterior que éste formule, proponiendo y evaluando las políticas y planes orientadas a fortalecer la presencia internacional del país, y velando por los intereses de Chile, con el propósito de elevar la calidad del desarrollo, seguridad y bienestar nacional.
La representación de Chile ante otros Estados, organizaciones y foros internacionales de competencia de esta Secretaría de Estado se ejercerá a través de las misiones diplomáticas, representaciones permanentes ante organizaciones internacionales y misiones especiales en el exterior de su dependencia. No obstante, aquellas que no sean dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores deberán coordinarse con esta Secretaría de Estado en el ejercicio de sus funciones.