NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: "EGAÑA-COMUNIDAD SUSTENTABLE"
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del DS N° 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante resolución exenta N° 103, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, de 8 de marzo de 2018, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la ley N° 19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Egaña-Comunidad Sustentable", cuyo titular es Plaza Egaña SpA.
    Conforme a lo declarado por el titular el proyecto "Egaña-Comunidad Sustentable", estará emplazado en la comuna de Ñuñoa, específicamente en Av. Irarrázaval N° 5631 - Av. Américo Vespucio N° 65, N° 71, N° 135, N° 173, N° 199B - Juan Sabaj N° 56, N° 98, N° 118, N° 138, y corresponde a un proyecto inmobiliario que contempla la construcción y posterior operación de cuatro torres y un sector de comercio con conexión directa a la red de Metro de Santiago, con un total de 1.828 departamentos, 2.133 estacionamientos para vehículos livianos, 8 para camiones, 1.075 bicicleteros, áreas recreacionales interiores y tecnología sustentable, utilizando una superficie de 15.165 m2, el cual será desarrollado en tres etapas constructivas que tendrán una duración de cinco años.
    Esta Dirección Regional estimó que el proyecto genera cargas ambientales pues pertenece al tipo de proyectos que presentan beneficios sociales y a la vez ocasionan externalidades ambientales negativas en las localidades próximas durante su construcción y operación, tal como quedó consignado en la resolución exenta N° 103, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, de 8 de marzo de 2018.
    El texto íntegro de la resolución exenta N° 103/2018 mencionada, se encuentra disponible en el siguiente hipervínculo: http://seia.sea.gob.cl/archivos/2018/03/09/Acoge_pac_Egana_Sustentable.pdf. Asimismo, la resolución antes singularizada, se encuentran a disposición de los interesados para su revisión en la oficina de la Dirección Regional del SEA de la Región Metropolitana de Santiago, ubicada en calle Miraflores N° 178 piso 3, comuna de Santiago.
    En virtud de lo anterior, y conforme al artículo 30° bis de la ley 19.300; y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la comunidad podrá realizar observaciones a la Declaración dentro de un plazo de 20 días hábiles, contado desde la presente publicación. Para realizar estas observaciones, la comunidad podrá utilizar el sitio web del SEA www.sea.gob.cl o bien entregar sus observaciones en las oficinas del Servicio de Evaluación Ambiental, de la Región Metropolitana. Dichas observaciones deberán señalar, al menos, el nombre del proyecto, el nombre completo de la persona natural o de la persona jurídica y de su representante que las hubiere formulado, y los respectivos domicilios. Asimismo, en el caso de las personas jurídicas, éstas deberán acreditar su personalidad jurídica y representación, además de la vigencia de ambas, la que no podrá exceder de seis meses.-

    Valeria Essus Poblete, Directora Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental, Secretaria Comisión de Evaluación Región Metropolitana de Santiago.