MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA QUE FACULTA A LOS JEFES DE DIVISIÓN Y DE DEPARTAMENTO PARA FIRMAR "POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO DE TELECOMUNICACIONES" Y DELEGA LAS FACULTADES QUE INDICA
Santiago, 21 de marzo de 2018.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 597 exenta.
Visto:
Lo establecido en los artículos 5° y 41 del DFL N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL (H) N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el DL N° 1.028, de 1975, sobre atribuciones de los Subsecretarios de Estado; el DL N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, aprobado por el decreto supremo N° 250, de 2004, y sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo N° 66, de 2018, que designa Subsecretario de Telecomunicaciones; la resolución exenta N° 470, de 2013, complementada por la resolución exenta N° 3.044, de 2014, y 685, de 2017, y modificada por la resolución exenta N° 2.587, de 2015, 1.000 y 2.491, de 2017, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Faculta a los Jefes de División y de Departamento para firmar "Por Orden del Subsecretario de Telecomunicaciones" y delega las facultades que indica; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, con la finalidad de hacer más expedito el funcionamiento de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y en particular, de la División Gabinete, resulta necesario modificar la resolución exenta N° 470, de 2013, complementada por la resolución exenta N° 3.044, de 2014, modificada por la resolución exenta N° 2.587, de 2015 y las resoluciones exentas Nros. 685, 1.000 y 2.491, todas de 2017, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
2. Que, producto de cambios internos que dicen relación con la dirección de esta Subsecretaría, se ha estimado necesario modificar la delegación de facultades vigente del Subsecretario de Telecomunicaciones, en materias relativas a contrataciones de bienes y servicios.
3. Que, atendido lo expuesto y en uso de mis facultades,
Resuelvo:
Modifíquese la resolución exenta N° 470, de 2013, complementada por la resolución exenta N° 3.044, de 2014, modificada por la resolución exenta N° 2.587, de 2015, y las resoluciones exentas Nros. 685, 1.000 y 2.491, todas de 2017, todas de esta Subsecretaría, en el sentido que se indica a continuación:
1) En el artículo Décimo Tercero, agréguese el siguiente numeral a continuación del numeral 22:
"23: Aprobar las solicitudes del personal del Gabinete de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, sean planta, contratas u honorarios, derivadas a través del Sistema de Personal y Remuneraciones, consistentes en Solicitud de Feriados; Solicitud de Permisos Administrativos Con Goce; Solicitud de Justificación Horaria; Solicitud de Uso de Horas a Compensar; Solicitud de Comisión de Servicio Nacional; Solicitud de Trabajo Extraordinario; Solicitud Informe Mensual Honorarios; Solicitud de Permiso Interferiado; Solicitud de Permiso Fallecimiento Hijos o Cónyuges; Solicitud de Permiso Fallecimiento Hijos en Gestación o Padres; Solicitud de Permiso Por Nacimiento Hijo(a).".
2) Déjese sin efecto la resolución exenta N° 1.000, de 2017, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
3) En el artículo Décimo Sexto reincorpórese los numerales 1 y 2, quedando como sigue:
"1. Resoluciones exentas de llamado a licitación pública y aprobación de Bases, para el suministro de bienes muebles y/o la contratación de servicios, cuyo monto sea inferior a 50 unidades tributarias mensuales; Resoluciones exentas que aprueben las respuestas a las consultas realizadas por los oferentes en las licitaciones descritas; Resoluciones exentas que adjudiquen o declaren desierta las licitaciones públicas señaladas; Órdenes de compras y resoluciones exentas que autoricen el gasto en bienes muebles y/o prestación de servicios, por montos inferiores a 50 unidades tributarias mensuales, sin fraccionar las partidas que se adquieran en uso de esta delegación y resoluciones exentas que modifiquen a las mismas.".
"2. Resoluciones fundadas que autoricen la procedencia de licitación privada o del trato o contratación directa, junto con sus respectivos Términos de Referencia, para el suministro de bienes muebles y/o la prestación de servicios, cuyo monto sea inferior a 50 unidades tributarias mensuales y Resoluciones que modifiquen a las mismas.".
4) En el artículo Décimo Tercero, efectúense las siguientes modificaciones:
a) Reemplácese el numeral 11 por el que sigue, "Resoluciones exentas de llamado a licitación pública y aprobación de Bases, para el suministro de bienes muebles y/o la contratación de servicios, cuyo monto sea igual o superior a 50 unidades tributarias mensuales y con un tope de 100 unidades tributarias mensuales; aprueben las respuestas a las consultas realizadas por los oferentes en las licitaciones descritas; Resoluciones exentas que adjudiquen o declaren desierta las licitaciones públicas señaladas; Órdenes de compras y Resoluciones exentas que autoricen el gasto en bienes muebles y/o prestación de servicios, por montos iguales o superiores a 50 y con tope de 100 unidades tributarias mensuales, sin fraccionar las partidas que se adquieran en uso de esta delegación y las Resoluciones exentas que modifiquen a las anteriores.".
b) Reemplácese el numeral 12 por el que sigue, "Resoluciones fundadas que autoricen la procedencia de licitación privada o del trato o contratación directa, junto con sus respectivos Términos de Referencia, para el suministro de bienes muebles y/o la prestación de servicios, cuyo monto sea igual o superior a 50 unidades tributarias mensuales y con un tope de 100 unidades tributarias mensuales y las resoluciones que modifiquen a las anteriores.".
c) Reemplácese el numeral 14 por el que sigue, "Resoluciones fundadas que autorizan el pago por prestaciones de servicios, asociados a gastos de representación, por un valor igual o superior a 50 unidades tributarias mensuales y con un tope de 100 unidades tributarias mensuales, sin fraccionar las partidas que se adquieran en uso de esta delegación que hayan sido debidamente autorizadas.".
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y dese cumplimiento.- Pamela Gidi Masías, Subsecretaria de Telecomunicaciones.
Lo que trasncribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Andrea Montenegro G., Jefa División Administración y Finanzas.