La presente ley tiene como propósito modificar la Ley Nº 19.132, de Televisión Nacional de Chile (TVN), fundamentalmente en materias relacionadas con su misión pública y objetivos de la empresa, disposiciones relacionadas a su directorio, presupuesto y fiscalización de la misma. A través de su programación, TVN deberá velar por promover y difundir los valores democráticos, los derechos humanos, la cultura, la educación, la participación ciudadana, la identidad nacional y las identidades regionales o locales, la multiculturalidad, el respeto y cuidado del medio ambiente, la tolerancia y la diversidad. Esta ley establece que la empresa desarrollará un instrumento de planificación, denominado Compromiso para el cumplimiento de la Misión Pública”, el que deberá ser expuesto anualmente en el Senado y deberá ser publicado dentro de los 180 siguientes a la publicación de esta ley (30 de septiembre de 2018). Asimismo, el directorio de TVN estará compuesto por siete miembros, de los cuales uno de ellos será de libre designación y remoción por parte del Presidente de la República y los seis restantes serán propuestos por el Presidente de la República para su aprobación en el Senado. Esta ley define una serie de requisitos para ser nombrado director, como también sus inhabilidades, incompatibilidades, causales de abstención, la obligación de guardar reserva sobre documentos y antecedentes que no tengan carácter público, su dieta mensual y las causales de cesación en el cargo. En el ámbito presupuestario, TVN deberá informar anualmente al Ministerio de Hacienda sus presupuestos de operación e inversiones antes del 31 de diciembre de cada año. En tanto, el financiamiento de la empresa deberá ser obtenido a condiciones de mercado y de manera transparente y competitiva, sin perjuicio de lo establecido en lo establecido en el artículo 37 de la Ley Nº 19.132. Sus utilidades anuales se traspasarán a más tardar el 30 de junio del año siguiente. La tuición y fiscalización de la empresa estará a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero, en los mismos términos que las sociedades anónimas abiertas. El Directorio de TVN tendrá la obligación de concurrir al Senado, dentro de los 120 días siguientes al término del año, con el objeto de dar cuenta pública sobre los estados financieros de la empresa. A nivel transitorio, y en un plazo máximo de seis meses desde la vigencia de esta ley, autoriza al Ministro de Hacienda, mediante decreto, a efectuar un aporte extraordinario de capital a TVN por un monto total de hasta US $47 millones para financiar exclusivamente los proyectos de inversión de la empresa. Asimismo, autoriza otro aporte extraordinario por un monto total de hasta US $18 millones para una nueva señal, el que se otorgará dentro del plazo de doce meses luego de aprobada su implementación por el Directorio del canal. Las modificaciones introducidas por esta ley entrarán en vigencia a partir del 3 de mayo de 2018.