Artículo 43.-  La Comisión podrá solicitar información que respalde y justifique el presupuesto presentado por el Coordinador, tales como:

    a) Estudios de mercado en materia de remuneraciones y política de incentivos respecto de industrias similares, tanto a nivel nacional como internacional.
    b) El informe de iniciativas de acuerdoDecreto 32,
ENERGÍA
Art. segundo N° 3
D.O. 17.06.2026
con lo establecido en el artículo 53 ter del presente reglamento.
    c) Justificación de la estructura institucional y de los recursos humanos y sus modificaciones.
    d) Justificación técnica y/o económica de los estudios y consultorías que se proponga
    e) Justificación técnica y/o económica para las inversiones que se proponga realizar en cada contratar en cada periodo periodo.