Artículo único: Modifícase el decreto exento Nº 418, de 4 de agosto de 2017, del Ministerio de Energía, que fija listado de instalaciones de transmisión zonal de ejecución obligatoria, necesarias para el abastecimiento de la demanda en el siguiente sentido:
1) Reemplázase en el Nº 28 de la Tabla Nº 17: Obras de Ampliación del Sistema E, del numeral 2.5 Sistema E del artículo 2., lo siguiente:
a. En la columna "A.V.I. Referencial miles USD", la cifra "176,0" por "142,7"; y
b. En la columna "C.O.M.A. Referencial miles USD", la cifra "27,9" por "22,6".
2) Reemplázase el párrafo primero del numeral 2.5.28. "AMPLIACIÓN EN S/E LINARES NORTE del artículo 2., por el siguiente:
"El proyecto consiste en el reemplazo del transformador Nº 1 de 66/13,2 KV 10 MVA de la S/E Linares Norte, por un equipo de 25 MVA. Además, esta obra incluye la construcción de los paños en los patios de 66 kV y 13,2 kV, para el nuevo transformador y para el transformador Nº 2 existente de 25 MVA, reutilizando el equipamiento existente y las obras necesarias para permitir la conexión de los paños de línea asociados al seccionamiento en la S/E Linares Norte de la línea 1x66 kV Linares - Villa Alegre.".
3) Reemplázase el párrafo cuarto del numeral 2.5.28, "AMPLIACIÓN EN S/E LINARES NORTE del artículo 2., por el siguiente:
"El A.V.I. referencial del proyecto es de 142,7 miles de dólares, moneda de los Estados Unidos de América.".