La presente Ley establece un incentivo al retiro voluntario para los funcionarios del Senado, Funcionarios de la Cámara de Diputados y Funcionarios de la Biblioteca del Congreso Nacional. El objetivo de esta ley es otorgar una bonificación por retiro para los funcionarios y (as) de planta y a contrata de las instituciones indicadas, que dejen en forma voluntaria sus cargos y que cumplan con las condiciones y requisitos que señala. Los beneficiarios tendrán derecho a percibir una bonificación equivalente a un mes de remuneración imponible por cada dos años de servicio, con un máximo de once meses. Además, deben tener 60 años de edad, si son mujeres, o 65 años de edad si son hombres. Esto entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2020, o haber cumplido dichas edades, según corresponda, al 30 de junio de 2014. Asimismo, establece que para tener derecho a la bonificación adicional, los funcionarios y funcionarias deberán renunciar voluntariamente a todos los cargos y al total de horas que sirvan dentro de los plazos que señalen esta ley y su reglamento interno.

    Artículo 3 .- Para efectos del artículo anterior, el reconocimiento de años de servicios discontinuos en el Senado, en la Cámara de Diputados o en la Biblioteca del Congreso Nacional sólo procederá en los casos siguientes:

    a) Cuando el funcionario o funcionaria tenga, a lo menos, cinco años de desempeño continuo inmediatamente anteriores a la fecha de postulación.
    b) Cuando el funcionario o funcionaria tenga, a lo menos, un año de servicio anterior a la fecha de publicación de esta ley y, al menos, cinco años de desempeño continuo, inmediatamente anteriores al 11 de marzo de 2010, en el Senado, en la Cámara de Diputados o en la Biblioteca del Congreso Nacional.

    Los funcionarios y funcionarias podrán completar la antigüedad requerida para efectos del artículo 2, con hasta diez años servidos en calidad de honorarios, sujetos a jornada ordinaria de trabajo de cuarenta y cuatro horas semanales, prestados con anterioridad al 1 de enero de 2015, en el Senado, en la Cámara de Diputados o en la Biblioteca del Congreso Nacional.