Artículo tercero.- Los triciclos motorizados de carga que se encuentren circulando por las calles y caminos del país a la fecha de publicación de esta ley tendrán el plazo de seis meses, contado desde su publicación, para obtener el certificado de revisión técnica respectivo, inscribirse en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación y obtener su placa patente única. Cumplido el trámite anterior, quedarán habilitados para circular por las calles y caminos que la presente ley determina.".