Modifíquese la resolución exenta Nº 470, de 2013, complementada por la resolución exenta Nº 3.044, de 2014, modificada por la resolución exenta Nº 2.587, de 2015, y las resoluciones exentas Nos 685, 1.000 y 2.491, todas de 2017, 597, de 2018, todas de esta Subsecretaría, en el sentido que se indica a continuación:
1) En el artículo Tercero, agréguese el siguiente numeral a continuación del numeral 15:
"16: Oficios que den respuesta a la solicitud de información pública que se presenten en el marco de la ley Nº 20.285, sobre transparencia y acceso a la información de la Administración del Estado, que digan relación a materias de su competencia.".