PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMOS DE VÍAS QUE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE TEMUCO
Núm. 472 exenta.- Temuco, 10 de mayo de 2018.
Vistos:
La ley N° 18.059; los artículos 107 y 113 del DFL N° 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo N° 83, de 1985, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; las resoluciones N° 39, de 1992, y N° 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta N° 633, de fecha 22 de septiembre de 2006, que establece la Red Vial Básica en la ciudad de Temuco; la resolución N° 11, de fecha 20 de marzo de 2018, del Departamento Técnico de Licitaciones y Costos del Serviu Araucanía; el ordinario N° 524, de fecha 27 de abril de 2018, de la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Temuco; la solicitud de la empresa Constructora Cosal S.A. de fecha de ingreso a esta Secretaría Regional Ministerial 3 de mayo de 2018; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, mediante carta de fecha 3 de mayo de 2018, la empresa Constructora Cosal S.A. en el marco del proyecto "Mejoramiento Av. Pedro de Valdivia entre Av. El Orbital y Prieto Norte", solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, la prohibición de circulación de vehículos motorizados en media calzada de la calle Pedro de Valdivia en el tramo comprendido entre la Av. Prieto Norte y la calle Trizano, de la comuna de Temuco.
2. Que, mediante el ordinario N° 524, de fecha 27 de abril de 2018, citado en Vistos, la Dirección de Tránsito de la I. Municipalidad de Temuco aprueba el proyecto de señalización presentado, debiendo cumplirse con los requisitos señalados en el citado ordinario.
3. Que, mediante resolución N° 11, de fecha 20 de marzo de 2018, emitida por el Serviu Región de la Araucanía, se adjudica la obra "Mejoramiento Av. Pedro de Valdivia entre Av. El Orbital y Prieto Norte" y los términos de referencia administrativa que regirán el contrato, sin perjuicio de la aplicación de las Bases Generales Reglamentarias conforme a las Bases Licitatorias.
4. Que esta Secretaría Regional Ministerial, dentro de sus facultades legales, debe disponer todas las medidas de gestión de transito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo vehicular que significarán las obras referidas en el considerando anterior.
5. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, mediante resolución exenta N° 633, de fecha 22 de septiembre de 2006, estableció la Red Vial Básica en la comuna de Temuco. Cabe hacer presente que las calles que comprenden el tramo antes citado, son parte integrante de esta Red Vial Básica.
6. Que, el DFL N° 1, de 2007, citado en los vistos. señala en sus artículos N° 107 y N° 113 inciso primero, respectivamente, que:
"Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente".
"El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de estos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad según corresponda".
7. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N° 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Prohíbase, desde el día 25 de mayo de 2018 hasta el día 20 de julio de 2018 inclusive, la circulación de todo tipo de vehículos motorizados en media calzada en sentido Oriente - Poniente de la Av. Pedro de Valdivia, en el tramo comprendido entre Av. Prieto Norte y calle Trizano, en la comuna de Temuco, que entrará en vigencia una vez publicada en el Diario Oficial.
2. Los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el resuelvo N° 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de transporte público deberán circular por los trazados que se detallen a continuación:
TRANSPORTE URBANO MAYOR Y MENOR DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS
Línea 3, Sentido oriente a poniente
3B regreso: Recorrido habitual - Manuel Rodríguez - Inglaterra - Trizano - Pedro de Valdivia - Recorrido habitual.
3D regreso: Recorrido habitual - Manuel Rodríguez - Inglaterra - Trizano - Pedro de Valdivia - Recorrido habitual.
Taxi Colectivo sentido oriente a poniente
Línea 18 Troncal
Regreso: Recorrido habitual - Manuel Rodríguez - Inglaterra - Trizano - Pedro de Valdivia - Recorrido habitual.
Línea 18 Variante 1
Regreso: Recorrido habitual - Manuel Rodríguez - Inglaterra - Trizano - Pedro de Valdivia -Recorrido habitual.
Línea 18 Variante 2
Regreso: Recorrido habitual - Manuel Rodríguez - Inglaterra - Trizano - Pedro de Valdivia -Recorrido habitual.
Línea 28 Troncal
Regreso: Recorrido habitual - Manuel Rodríguez - Inglaterra - Trizano - Pedro de Valdivia -Recorrido habitual.
TRANSPORTES RURALES E INTERURBANOSResolución 565 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 06.07.2018
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 06.07.2018
Egreso del Terminal: Recorrido habitual - Manuel Rodríguez - Trizano - Pedro de Valdivia -Recorrido habitual.
3. Podrán circular excepcionalmente en el tramo señalado, los vehículos de emergencia, los destinados a cumplir funciones en las obras relacionadas con los trabajos de repavimentación y, aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar hacia o desde su lugar de residencia o estacionamiento.
4. La presente resolución de prohibición de circulación de vehículos, deberá darse a conocer por medio de avisos, que se deberán difundir a través de los diferentes medios de comunicación audiovisual, tales como radios, periódicos u otros de mayor circulación o sintonía en la comuna. También es necesario realizar una comunicación a la comunidad directamente cercana, a través de información entregada en sus domicilios.
5. Carabineros de Chile, Inspectores Municipales e Inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de las medidas precedentemente descritas, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Tránsito y demás normativa aplicable.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Luis Calderón Ramírez, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de la Araucanía.