Ley núm. 10,233
AUTORIZA LA CONSTRUCCION O ADQUISICION DE UN BUQUE ESCUELA DESTINADO A LAS MARINAS DE GUERRA Y MERCANTE
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único. Autorízase al Presidente de la República para contratar la adquisición o construcción de un buque escuela, a la vela y motor, para la instrucción del personal de la Armada y del de la Marina Mercante Nacional, por un precio no superior a US$ 2.980.019 sobre España que se pagará en cuotas, en moneda corriente chilena, conforme con las sumas respectivas que al efecto deberán consultar las leyes de Presupuesto de la Nación, correspondientes al Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, de acuerdo con los Convenios de compensación se hayan celebrado por intermedio del Ministerio de Economía y Comercio, considerándose, para este efecto, la primera cuota ya consultada con tal fin en la Ley de Presupuesto del año 1951.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo, por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, veintisiete de Diciembre de mil novecientos cincuenta y uno.- GABRIEL GONZALEZ VIDELA.- Guillermo Barrios T.- José Luis Infante L.