Artículo 60.- Recursos del Plan de Fortalecimiento. Los recursos destinados al financiamiento del Plan de Fortalecimiento ascenderán a $300.000.000 miles. Dicha cantidad se dividirá en montos anuales, según lo establezcan las Leyes de Presupuestos del Sector Público correspondientes, que considerarán al menos los recursos de la asignación "Plan de Fortalecimiento Universidades Estatales" establecida en la ley Nº 20.981. Con todo, dentro de los primeros cinco años de vigencia del Plan se deberán destinar al menos $150.000.000 miles.