Artículo cuarto .- Los trabajadores del establecimiento que no resulten seleccionados en los concursos señalados en el artículo anterior, como también aquellos que no postularon a los señalados concursos, pasarán a ser parte del personal a contrata del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, asimilado a la planta que corresponda y al grado de homologación que indica la tabla a que se refiere el inciso segundo del artículo segundo transitorio.