MODIFICA RESOLUCIÓN N° 447 EXENTA, DE 2016, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN METROPOLITANA EN EL SENTIDO QUE SE INDICA
Núm. 2.961 exenta.- Santiago, 30 de mayo de 2018.
Vistos:
La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992, y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83/85 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; la resolución exenta Nº 347, de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores; resolución exenta Nº 967, de 6 de octubre de 2014, de la Subsecretaría de Transportes, que aprueba convenio mandato entre la Subsecretaría de Transportes y la Ilustre Municipalidad de Santiago "Plan Centro"; resolución exenta Nº 447, de 21 de enero de 2016, modificada por la resolución exenta Nº 1.422, de 6 de abril de 2016, ambas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante resolución exenta Nº 447, de 21 de enero de 2016, citada en el Vistos, se estableció como medida de gestión de tránsito vía exclusiva con prioridad para transporte público urbano prestado mediante buses en eje Compañía - Merced, entre Manuel Rodríguez y José Miguel de la Barra, excluyéndose de la misma la circulación de taxis en cualquiera de sus modalidades.
2.- Que, en razón de la sucesiva implementación de vías exclusivas con prioridad en el área céntrica, se ha podido advertir que se han generado diversas dificultades en la operación, principalmente de taxis básicos, algunos de los cuales no solo se encuentran autorizados para circular por dicha área, sino que mantienen paraderos o estacionamientos debidamente autorizados por el municipio respectivo. Dichas dificultades impiden una eficiente y expedita circulación de los vehículos, lo que provoca un incremento de niveles de congestión de otras vías y, además, un impacto negativo en la calidad del servicio a los usuarios.
3.- Que, por lo anterior, resulta necesario autorizar en un tramo determinado del eje Compañía - Merced, que puedan circular taxis básicos, ejecutivos y de turismo, de forma de lograr una eficaz descarga de dichos flujos hacia el oriente, evitando de este modo las externalidades negativas señaladas, lo que no debiera afectar la actual velocidad de circulación de los buses de transporte público urbano.
4.- Que, por lo anterior, resulta conveniente incorporar en un tramo de dicha vía la circulación de taxis básicos, ejecutivos y de turismo, lo que deberá ser adecuadamente monitoreado en los términos establecidos en lo resolutivo del presente acto.
Resuelvo:
1.- Modifícase la resolución exenta Nº 447, de 21 de enero de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana, en el sentido de agregar a la letra a) del Resuelvo 2.- a continuación del punto y coma final (;) el siguiente párrafo:
"tratándose de taxis básicos, ejecutivos y de turismo, podrán también circular en dicho eje, pero solo en el tramo comprendido entre San Antonio y José Miguel de la Barra".
2.- La modificación dispuesta precedentemente, relativa a la incorporación de taxis en un tramo del eje Compañía - Merced, será monitoreada en forma permanente a fin de evaluar, en su oportunidad, su continuidad operacional, todo ello en función de su impacto en la velocidad comercial de los buses de transporte público urbano de pasajeros.
3.- En lo no modificado, se mantienen íntegramente las demás disposiciones contenidas en la resolución exenta Nº 447, de 21 de enero de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.
4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Eddy Roldán Cabrera, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana de Santiago.