1.- Modifícase la resolución exenta Nº 447, de 21 de enero de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana, en el sentido de agregar a la letra a) del Resuelvo 2.- a continuación del punto y coma final (;) el siguiente párrafo:
"tratándose de taxis básicos, ejecutivos y de turismo, podrán también circular en dicho eje, pero solo en el tramo comprendido entre San Antonio y José Miguel de la Barra".
2.- La modificación dispuesta precedentemente, relativa a la incorporación de taxis en un tramo del eje Compañía - Merced, será monitoreada en forma permanente a fin de evaluar, en su oportunidad, su continuidad operacional, todo ello en función de su impacto en la velocidad comercial de los buses de transporte público urbano de pasajeros.
3.- En lo no modificado, se mantienen íntegramente las demás disposiciones contenidas en la resolución exenta Nº 447, de 21 de enero de 2016, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.
4.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.