ASIGNA A VÍAS O TRAMOS NUEVAS NORMAS URBANÍSTICAS DE EDIFICACIÓN Y USO DE SUELO
Núm. 3.709 Secc. 1ª.- Las Condes, 24 de mayo de 2018.
Vistos:
1. El Plan Regulador Comunal de Las Condes, aprobado mediante resolución Nº 8/95, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, de 30 de mayo de 1995, publicado en Diario Oficial, de fecha 13 de junio de 1995, y sus modificaciones posteriores;
2. La ley 19.939, publicada en el Diario Oficial el 13 de febrero de 2004, que modificó el artículo 59 del decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, fijando plazos de caducidad diferenciados para los terrenos consultados en los Planes Reguladores Comunales e Intercomunales destinados sólo a vías expresas, troncales, colectoras, locales y de servicio, parques intercomunales y comunales incluidos sus ensanches;
3. El artículo único de la ley 20.331, publicada en el Diario Oficial el 12 de febrero de 2009, que renovó las vigencias de las declaratorias de utilidad pública a que se refiere el inciso primero del artículo transitorio de la ley 19.939, por el plazo de un año, contado desde la fecha de publicación, prorrogando el plazo hasta el 12 de febrero de 2010;
4. El proyecto de modificación al Plan Regulador Metropolitano de Santiago, denominado MPRMS-99 "Actualización de la Vialidad Metropolitana, elaborado por la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo", que actualizó y rectificó las materias de vialidad intercomunal, tanto en su ordenanza como en los planos constitutivos del referido Instrumento de Planificación Territorial;
5. El decreto alcaldicio Sección 1ª Nº 3.360, de 11 de agosto de 2010, de la Municipalidad de Las Condes, publicado en el Diario Oficial el 14 de agosto de 2010, que asigna a 60 vías de la comuna de Las Condes, nuevas normas urbanísticas de edificación y usos de suelo, asimiladas a las áreas de edificación y zonas de uso de suelo adyacentes a los terrenos afectos, conforme a la ley Nº 19.939;
6. La ley Nº 20.791, publicada en el Diario Oficial con fecha 29 de octubre de 2014, que modificó el artículo 59 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, declarando de utilidad pública todos los terrenos consultados en los planes reguladores comunales, planes reguladores intercomunales y planes seccionales destinados a circulaciones, plazas y parques, incluidos sus ensanches, en las áreas urbanas, sin plazos de caducidad, en materia de afectaciones a utilidad pública;
7. El artículo transitorio de la ley Nº 20.791, que señala que las Municipalidades podrán dejar sin efecto las declaraciones de utilidad pública para las circulaciones, plazas y parques que incluyan en una nómina aprobada por decreto, en un plazo de seis meses a contar de la publicación de esta ley, previo informe de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, en el cual se deben fijar además las nuevas normas urbanísticas aplicables a los terrenos que, habiendo quedado desafectados, carezcan de ellas, asimilándolas a las de la zona predominante de las adyacentes al terreno;
8. La Circular Ordinaria Nº 575, de 29 de octubre de 2014, DDU Nº 277, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que informa sobre la publicación de la ley Nº 20.791 que modificó la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones de utilidad pública de los planes reguladores;
9. La circular ordinaria Nº 654, de 18 de diciembre de 2014, DDU Nº 279, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la aplicación del artículo 59 y transitorio de la Ley General de Urbanismo y Construcciones en materia de afectaciones a utilidad pública de los planes reguladores y seccionales;
10. La Circular Ordinaria Nº 204, de 10 de abril de 2015, DDU Específica Nº 2/2015, de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre aplicación del artículo 2.2.4. Nº 2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, respecto de anteproyectos solicitados en terrenos que posteriormente quedaron declarados de utilidad pública por aplicación del artículo transitorio de la ley Nº 20.791;
11. El ordinario Nº 993, de fecha 5 de marzo de 2015, emitido por la Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Seremi Minvu;
12. La resolución exenta Nº 1.178, de 22 de abril de 2015, de la Seremi Minvu, publicada en el Diario Oficial el 22 de abril de 2015, que aprueba nómina que deja sin efecto declaratorias de utilidad pública de terrenos destinados a vialidad y áreas verdes metropolitanas e intercomunales, consultadas en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, que fueron renovadas por las disposiciones establecidas en el artículo transitorio de la Ley Nº 20.791, mediante la cual se rectifican los anchos entre líneas oficiales en algunas de dichas vías y se elimina la afectación a utilidad pública en otras, en la comuna de Las Condes;
13. La resolución exenta Nº 1.265, de 29 de abril de 2015, de la Seremi Minvu, publicada en el Diario Oficial el 6 de mayo de 2015, que aprueba la segunda nómina que deja sin efecto declaratoria de utilidad pública de terrenos destinados a vialidad y áreas verdes metropolitanas e intercomunales, consultadas en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, que fueron renovadas por las disposiciones establecidas en el artículo transitorio de la Ley Nº 20.791, y que incluye la nómina de vías intercomunales para las que se rectifican los anchos entre líneas oficiales en algunas de ellas y se elimina la afectación en otras, de la comuna de Las Condes;
14. El ordinario Nº 2063, de 12 de mayo de 2015, de la Seremi Minvu, que solicita remitir - - copia del decreto alcaldicio Secc. 1ª N° 1.132, de 2015, y recuerda plazo para la asignación de la nueva normativa urbanística para las fajas de terreno que se desafectaron;
15. El ordinario alcaldicio Nº 4/216, de fecha 8 de julio de 2015, de la Municipalidad de Las Condes, mediante el cual se solicita informe favorable de la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo respecto de las normas de edificación y uso de suelo que corresponde asignar a las franjas de afectación a utilidad pública para las vías que se incluyeron en la nómina aprobada por decreto alcaldicio y las resoluciones aprobadas por la Seremi Minvu;
16. El Ordinario Nº 4.618, de 22 de septiembre de 2015, de la Seremi Minvu, que emite observaciones a la propuesta de asignación de nueva normativa urbanística a tramos de vías intercomunales y comunales;
17. El decreto alcaldicio Sección Nº 1ª 1.132, de 24 de abril de 2015, de la Municipalidad de Las Condes, publicado en el Diario Oficial el 12 de noviembre de 2015, que aprueba la nómina de vías en la comuna de Las Condes que no se encuentran afectas a utilidad pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo transitorio de la ley Nº 20.791;
18. El ordinario alcaldicio Nº 4/401, de 18 de diciembre de 2015, que envió el proyecto corregido, subsanando las observaciones y solicitando que éste se informe favorablemente por la Seremi Minvu;
19. El ordinario Nº 986, de fecha 23 de febrero de 2016, de la Seremi Minvu, que emite observaciones a la propuesta municipal;
20. El dictamen Nº 27.708, de 14 de abril de 2016, de la Contraloría General de la República que se pronuncia acerca de la juridicidad del decreto alcaldicio Sección lª Nº 1.132, de 24 de abril de 2015;
21. El decreto alcaldicio Sección lª Nº 1.755, de 6 de mayo de 2016, de la Municipalidad de Las Condes, publicado en el Diario Oficial el 26 de mayo de 2016, mediante el cual se rectifica el numeral primero del decreto alcaldicio Sección lª Nº 1.132, de 2015, de acuerdo a lo señalado por la Contraloría General de la República;
22. El ordinario alcaldicio Nº 4/199, de 5 de julio de 2016, de la Municipalidad de Las Condes, mediante la cual se envió el proyecto corregido, subsanando las observaciones y solicitando que éste se informe favorablemente por la Seremi Minvu;
23. El Informe Técnico A.U. Nº 34, de fecha 2 de julio de 2016, que complementa el Informe Técnico A.U. Nº 121, de fecha 14 de diciembre de 2015, informando las vías o tramos de vías a los que eliminó la afectación a utilidad pública mediante decreto alcaldicio Nº 1.132 y resoluciones exentas Seremi Minvu Nº 1.178 y Nº 1.265;
24. El ordinario Nº 221, de 11 de enero de 2017, de la Secretaría Ministerial Metropolitana que mantiene observaciones sobre el proyecto de asignación de normativa urbanística a las franjas que se desafectan de utilidad pública en algunas vías o tramo de vías de la comuna de Las Condes;
25. El Dictamen Nº 85.867, de 28 de noviembre de 2016, de la Contraloría General de la República, que observó algunos contenidos en el decreto alcaldicio Nº 1.132, de abril de 2015;
26. El decreto alcaldicio Sección lª Nº 8.676, de 18 de diciembre de 2017, de la Municipalidad de Las Condes, publicado en el Diario Oficial el 27 de diciembre de 2017, que modifica el decreto alcaldicio Sección lª Nº 1.132, de 2015, de acuerdo a lo dictaminado por la Contraloría General de la República;
27. El Informe Técnico A.U. Nº 87, de 19 de diciembre de 2017, que complementa los informes técnicos anteriores;
28. El oficio A.U. Nº 8, de fecha 26 de diciembre de 2017, que envió información complementaria del decreto alcaldicio Sección lª Nº 8.676 y los planos firmados por la nueva autoridad municipal Sr. Joaquín Lavín Infante, solicitando se informe favorablemente las nuevas normas urbanísticas que corresponde asignar a las franjas de afectación a utilidad pública para las vías incluidas en la nóminas aprobadas por decreto alcaldicio y por las resoluciones Seremi Minvu;
29. El oficio ordinario Nº 560, de 5 de febrero de 2018, de la Seremi Minvu, que emite informe técnico favorable a la promulgación del decreto alcaldicio que asigna la nueva normativa urbanística, asimilándola a la zona adyacente área de edificación y zona de uso de suelo, aplicable a las vías o tramos de vías contenidas en las nóminas aprobadas por resoluciones Seremi Minvu y por decreto alcaldicio ya indicados;
30. El decreto alcaldicio Secc. lª Nº 3.084, de 3 de mayo de 2018, que corrige el decreto alcaldicio Sección lª Nº 8.676, de 18 de diciembre de 2017, en virtud del Dictamen Nº 9.187, de 9 de abril de 2018; y,
31. Lo dispuesto en el artículo transitorio de la ley Nº 20.791, en relación con lo dispuesto en el artículo 13 de la ley Nº 19.880, y en uso de las facultades que me otorgan los artículos 56, 63 y demás pertinentes del DFL Nº 1, del Ministerio del Interior, de fecha 9 de mayo de 2006, publicado en el Diario Oficial de fecha 26 de julio de 2006, que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,
Decreto:
1. Asígnase, a las siguientes vías o tramos de vías en la comuna de Las Condes, incluidas en las nóminas aprobadas por la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y esta Municipalidad, las nuevas normas urbanísticas de edificación y uso del suelo, asimilándolas a las adyacentes a estas fajas de terreno, normas que se detallan en las tablas que forman parte del numeral 2 del presente decreto.
2. Tablas con las nóminas de vías y tramos de vías a las que se eliminó su afectación a utilidad pública y asignación de la nueva norma urbanística para estas fajas de terreno.
a) Vías Intercomunales
- Avenida Paseo Pie Andino, entre LEU norte Quebrada San Ramón y LEU Sur de Quebrada Los Almendros.
- Calle Bocaccio entre Avenida Las Condes y calle Chesterton.
- Calle Hernando de Magallanes entre Avenida Apoquindo y Avenida Francisco Bilbao.
- Calle La Quebrada, entre la Avenida del Monte y la Avenida Paseo Pie Andino.
b) Vías Comunales
Ensanche del siguiente tramo de vía;
- Calle Bocaccio, entre calle Padre Errázuriz y Avenida Chesterton.
- Avenida Presidente Errázuriz, en el tramo entre Avenida Mariano Sánchez Fontecilla y calle San Crescente.
La presente nómina de vías y calles en las que se elimina la franja afecta a utilidad pública, se complementa con los planos ilustrativos de la asignación de normas de edificación, que corresponde a la Lámina Nº 1 y la asignación de zonas de uso de suelo que corresponde a la Lámina Nº 2, para cada uno de los iguientes planos: MPRCLC-ANPA-2015, MPRCLC-ANCB-2015, MPRCLC-ANHM-2015, MPRCLC-ANLQ-2015, para la asignación de nueva normativa a las vías intercomunales y MPRCLC-ANBO-2015, MPRCLC ANPE-2015 para la asignación de nueva normativa a las vías comunales.
3. Publíquese el presente decreto en el Diario Oficial, como también en la página web municipal.
4. Archívese copia del presente decreto y su publicación en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y en la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Joaquín Lavín Infante, Alcalde.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.- Jorge Vergara Gómez, Secretario Municipal.
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