ACTUALIZA ARANCEL ADUANERO DE LA REPÚBLICA DE CHILE
    Núm. 175 exento.- Santiago, 12 de junio de 2018.
    Vistos:
    Los artículos 32 N° 6 y 35, ambos de la Constitución Política de la República; el artículo 23 del DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el artículo 2 número 1 de la ley N° 20.997, de 2017, que Moderniza la Legislación Aduanera, por el cual se introducen modificaciones a la Sección 0 del Arancel Aduanero, contenido en el decreto exento N° 514, de 2016, modificado por el decreto exento N° 334, de 2017, ambos del Ministerio de Hacienda; el artículo quinto transitorio de la ley N° 20.997; el artículo 52 de la ley N° 19.880; el oficio ord. N° 1, de 24 de enero de 2018, del Banco Central de Chile recepcionado por esta Subsecretaría de Estado con fecha 28 de mayo de 2018; y la resolución N° 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008.
    Considerando:
    1.- Que, el artículo 2 N° 1 de la ley N° 20.997 incorpora a la Sección 0 del Arancel Aduanero, contenido en el decreto exento N° 514, de 2016, modificado por el decreto exento N° 334, de 2017, ambos del Ministerio de Hacienda, una nueva Nota Legal Nacional N° 6, que dispone el mecanismo de actualización sobre los montos en dólares de las partidas arancelarias 00.09, 00.23 y 00.26, mediante decreto supremo aprobado por el Ministerio de Hacienda, expedido bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República", debiendo mantenerse el valor vigente anterior, en caso de que el factor de actualización resultare negativo.
    2.- Que, el Banco Central de Chile, mediante el oficio Ord. N° 1, de fecha 24 de enero de 2018, recepcionado por esta Subsecretaría de Hacienda con fecha 28 de mayo de 2018, señaló que el Índice de Precios al por Mayor de los Estados Unidos de América, en el período de sesenta meses comprendido entre el 1 de noviembre de 2012 y el 30 de octubre de 2017, tuvo una variación negativa de 4,3% (menos cuatro coma tres por ciento).
    3.- Que, en razón de lo anterior, corresponde que se mantenga el valor vigente de las partidas señaladas.
    Decreto:

    Actualícese el Arancel Aduanero de la República de Chile, manteniendo sin modificaciones el valor vigente expresado en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica de las partidas arancelarias 00.09; 00.23, y 00.26 de la Sección 0 del Arancel Aduanero.
    Lo dispuesto en el presente decreto regirá a contar del 1 de enero de 2018.
    Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Felipe Larraín Bascuñán, Ministro de Hacienda.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Francisco Moreno Guzmán, Subsecretario de Hacienda.