Artículo 22°.- Los sumarios pueden tener como origen, el parte del hecho que se investiga u otros antecedentes, como cartas, denuncios, copias de informaciones verbales, etc., debidamente apreciados por el Jefe que ordena suDecreto 324, INTERIOR
Art. cuarto N° 2
D.O. 02.04.2024
instrucción.