Artículo 13.- El grado de cumplimiento de cada meta de desempeño, resultados y calidad de los servicios prestados se determinará comparando la cifra alcanzada al 31 de diciembre del año respectivo con la cifra comprometida en el Convenio. El valor máximo que podrá alcanzar el grado de cumplimiento de una meta será igual a 100%.
El grado de cumplimiento global de las metas, se calculará multiplicando el nivel de cumplimiento efectivo de cada una de ellas, por el ponderador que se les haya asignado, sumándose luego, todos estos resultados parciales y expresándose en valor porcentual acumulado final.