CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN SONORA QUE INDICA
    Santiago, 6 de julio de 2018.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 764 exento.
    Vistos:
    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
    c) La Ley Nº 20.433, Crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana y sus modificaciones;
    d) El decreto supremo Nº 122, de 2011, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 20.433;
    e) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;
    f) El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, del 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;
    g) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;
    h) El decreto supremo Nº 168, de 10.08.2017, que otorgó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Nueva Talcuna, Región de Coquimbo, a Comunicaciones Fernando Guaman E.I.R.L.
    Considerando:
    a) Que, mediante carta certificada de fecha 08.09.2017 la Subsecretaría remitió a la concesionaria antes individualizada, una copia íntegra del decreto supremo señalado en la letra h) de los Vistos, para su publicación en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a su notificación, la que fue ingresada en la oficina de Correos de Chile el 08.09.2017, según consta en la guía de correspondencia certificada correspondiente;
    b) Que, según información de correos la fecha de notificación a la concesionaria corresponde al 12.09.2017, por lo que el plazo para la publicación del decreto individualizado en la letra h) de los Vistos, vencía el día 07.11.2017;
    c) Que, la concesionaria publicó en el Diario Oficial el decreto individualizado en la letra h) de los Vistos, pasado los 30 días siguientes a la fecha su notificación, siendo publicado el día 11.11.2017, por lo que la concesión se encuentra extinguida por el solo ministerio de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º, inciso 4, y artículo 23º Nº 4 de la Ley General de Telecomunicaciones;
    d) Que, de conformidad al artículo 23º de la ley, la extinción de la concesión debe certificarse por decreto supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial.
    Decreto:
    Certifícase, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º, número 1, de la ley, la extinción de la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQA-645, para la localidad de Nueva Talcuna, Región de Coquimbo, otorgada a Comunicaciones Fernando Guaman E.I.R.L., RUT Nº 76.600.540-3, mediante el decreto supremo citado en la letra h) de los Vistos, por no haber publicado el citado decreto dentro de los 30 días siguientes a la fecha de su notificación a la interesada.
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Alejandro Freire Lillo, Jefe División Concesiones.