La presente ley tiene por finalidad ampliar la gradualidad en el ingreso de la Región Metropolitana al nuevo sistema de admisión por el plazo de un año, disponiendo que la admisión se realice a partir del cuarto año de postulación respecto del menor nivel o curso que tengan los establecimientos educacionales de esa región, extendiéndose a todos los cursos o niveles desde el quinto año de postulación.
    Artículo 2°.- Modifícase el decreto con fuerza de ley Nº 4, del Ministerio de Educación, de 2016, en los siguientes términos:
    1) Modifícase su artículo 1º de la siguiente manera:
    a) Sustitúyese la palabra inicial "Dispóngase" por "Dispónese".
    b) Elimínanse los guarismos "XV", "II", "III", "V", "VII", "VIII", "IX" y "XIV".
    c) Reemplázase la expresión "; XI Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y Región Metropolitana de Santiago" por "y Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo".
    d) Incorpórase el siguiente inciso segundo:
     
    "Dispónese el año 2019, como cuarto año de postulación para la Región Metropolitana.".
    2) Efectúanse, en su artículo 2°, las siguientes modificaciones:
    a) Enmiéndase el inciso primero como se indica:
    i) Sustitúyese la palabra inicial "Establézcase" por "Establécese".
    ii) Reemplázase la expresión "artículo 1º" por "inciso primero del artículo".

    b) Intercálase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando el actual inciso segundo a ser tercero:
    "Establécese para el año escolar 2020 la entrada en vigencia del proceso de admisión escolar dispuesto en el numeral 6) del artículo 2º de la ley Nº 20.845, en la Región Metropolitana.".
    c) Reemplázase en el inciso segundo, que ha pasado a ser tercero, la expresión "Dicho proceso se implementará" por "Dichos procesos se implementarán".
    3) Modifícase su artículo 4º de la siguiente manera:
    a) Elimínanse, en el inciso primero, los guarismos "I", "IV", "VI" y "X".
    b) Enmiéndase el inciso segundo como sigue:
    i) Suprímense los guarismos "XV", "II", "III", "V", "VII", "VIII", "IX" y "XIV".
    ii) Sustitúyese la expresión "; XI Región de Aisén del General Carlos Ibáñez del Campo; y Región Metropolitana de Santiago" por "y Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo".
    c) Incorpórase el siguiente inciso final:
    "Para la Región Metropolitana, el procedimiento de postulación para el año 2020 y de admisión para el año 2021 de los establecimientos educacionales de esta región se extenderá a todos sus cursos o niveles reconocidos oficialmente.".".