1. Modifícase la resolución Ex. N° 1.253 (V. y U.), de 2018, citada en el número 3 de los vistos, en el sentido de:
    1.1 Agregar el siguiente punto 2.6, al resuelvo 2:
    "2.6 En el caso de Proyectos Focalizados del Título III Ampliación de la Vivienda, ubicados en Zonas con Planes de Descontaminación Atmosférica vigentes, el monto del subsidio se incrementará en un máximo de 50 UF adicionales para asumir las mayores exigencias de acondicionamiento higrotérmico de sus elementos; el estándar de este acondicionamiento será el que se define para estas zonas en la Res. Ex. N° 1.484 (V. y U.) de 2018, donde se llama a postulación entre otras líneas, a proyectos de Acondicionamiento Térmico para comunas con este tipo de Planes.".
    1.2 Modificar las fechas de la segunda selección de este llamado señaladas en el resuelvo 3, por la siguiente:
    "- 2° Proceso de Selección 31 de octubre de 2018."
    1.3 Agregar el siguiente punto 12.1.4 del resuelvo 12:
    "12.1.4 Se permitirá que el Adulto Mayor que sea acogido en la ampliación de la vivienda del postulante, sea propietario de una vivienda, pero ella deberá ser ofertada para arriendo bajo las condiciones del subsidio regulado por el DS N° 52 (V. y U.), de 2013.".
    1.4 Reemplazar el punto 13.1 del resuelvo 13 por el siguiente:
    "13.1 Esta condición corresponde a la relación entre el número de personas residentes en la vivienda y el número de dormitorios de la misma. Se entenderá por familia en condición de hacinamiento cuando haya en promedio 2,5 personas o más por recinto dormitorio en la vivienda. Este factor se verificará en base a la información contenida en el Registro Social de Hogares.".
    1.5 Reemplazar el inciso segundo del resuelvo 14:
    Para ampliar viviendas de un piso con una superficie inferior a 40 m2 se contemplan los siguientes montos de subsidio:
    .
    Para ampliar viviendas de más de un piso con una superficie inferior a 40 m2 se contemplan los siguientes montos de subsidio:
    .
    1.6 Remplazar el resuelvo 22 por el siguiente:
    "22. En caso de proyectos emplazados en barrios que estén siendo o hayan sido intervenidos por el Programa Quiero Mi Barrio, o en localidades que estén siendo o hayan sido intervenidas por el Programa de Pequeñas Localidades, éstos obtendrán 100 puntos adicionales. Además, en el caso de haber sido beneficiados en llamados anteriores del Programa de Protección del Patrimonio Familiar para viviendas ubicadas en barrios del programa Quiero Mi Barrio, esto no será impedimento para obtener otros subsidios del mismo Título de este programa, siempre que no se trate del mismo tipo de obra por el cual la familia ya fue beneficiada.".
    2. Apruébanse las nóminas de seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al primer proceso de selección del Llamado a Postulación Nacional en Condiciones Especiales año 2018, para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en sus clases reguladas por los Títulos I, II y III, especialmente para proyectos que consideren Ampliaciones para Adultos Mayores, Mejoramiento de Viviendas de Personas con Discapacidad, Cambio de Techumbre con Asbesto, entre otros, efectuado mediante la resolución exenta N° 1.253 (V. y U.), de 2018, realizado en el mes de mayo de este año. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjase el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en la siguiente tabla:
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    3. Comprométense los recursos disponibles para primer proceso de selección Llamado a Postulación Nacional en Condiciones Especiales año 2018, para el desarrollo de proyectos del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en sus clases reguladas por los Títulos I, II y III, especialmente para proyectos que consideren Ampliaciones para Adultos Mayores, Mejoramiento de Viviendas de Personas con Discapacidad, Cambio de Techumbre con Asbesto, entre otros, efectuado mediante la resolución exenta N° 1.253 (V. y U.), de 2018, realizado en el mes de mayo de este año, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por título y por región, señalada en el siguiente cuadro:
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    4. El saldo de recursos por región para postular proyectos en el próximo proceso de selección de este llamado está reflejado en el siguiente cuadro:
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    5. Publíquese la presente resolución en Diario Oficial y en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 2. de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el Título del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva Cédula de Identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.