NOMBRA DIRECTOR NACIONAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, A DON CARLOS RECONDO LAVANDEROS
Núm. 87.- Santiago, 22 de marzo de 2018.
Visto:
El numeral 10º del artículo 32º de la Constitución Política de la República; los artículos trigésimo sexto bis y sexagésimo de la ley Nº 19.882; el DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, orgánico del Ministerio de Agricultura; la ley Nº 18.910; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 21.053, de Presupuestos del Sector Público para el año 2018; el decreto Nº 451, de 2018, del Ministerio de Hacienda, y las resoluciones Nº 1.600, de 2008 y Nº 10, de 2017, ambas de Contraloría General de la República.
Considerando:
Que el artículo trigésimo sexto bis de la ley Nº 19.882, establece -en lo que interesa- que el Presidente de la República podrá eximir de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo, hasta doce cargos de jefes superiores de servicio que se encuentren afectos al Sistema de Alta Dirección Pública.
Que, a través de decreto Nº 451, de 2018, del Ministerio de Hacienda, S.E. el Presidente de la República eximió de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos y de lo dispuesto en los incisos primero a cuarto del artículo quincuagésimo séptimo de la ley Nº 19.882, al cargo de Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario, de Primer Nivel Jerárquico, afecto al Sistema de Alta Dirección Pública,
Decreto:
1º. Desígnase a contar del 22 de marzo de 2018 y hasta el 11 de marzo de 2022, a don Carlos Eduardo Recondo Lavanderos, cédula de identidad Nº 7.832.398-1, en el cargo de Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario, de Primer Nivel Jerárquico, Grado 3º de la Escala Única de Remuneraciones.
2º. Por razones impostergables de buen servicio, la persona antes mencionada asumirá sus funciones en la fecha antes indicada, sin esperar la total tramitación del presente decreto.
3º. El presente nombramiento otorga al funcionario designado el derecho a recibir los beneficios del Estatuto Administrativo, cuando corresponda y la asignación de alta dirección pública, contemplada en la ley Nº 19.882, cuyo porcentaje será de un 83%, de acuerdo con lo establecido en el decreto Nº 1.009, de 2007, del Ministerio de Hacienda.
4º. Declárase que el Sr. Recondo deberá rendir la fianza correspondiente.
5º. El gasto que irrogue el presente decreto se imputará al presupuesto vigente del Instituto de Desarrollo Agropecuario.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Antonio Walker Prieto, Ministro de Agricultura.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Gustavo Iván Arcaya Pizarro, Jefe División Administrativa, Subsecretaría de Agricultura.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Departamento de Previsión Social y Personal
Área de Previsión Social y Personal
Cursa con alcance decreto Nº 87, de 2018, del Ministerio de Agricultura
Nº 19.832.- Santiago, 7 de agosto de 2018.
Esta Contraloría General ha tomado razón del documento del rubro, mediante el cual se nombra a don Carlos Eduardo Recondo Lavanderos como Director Nacional del Instituto de Desarrollo Agropecuario, cargo afecto al Sistema de Alta Dirección Pública de, a contar del 22 de marzo de 2018, por ajustarse a derecho.
Sin perjuicio de lo anterior, es menester indicar que mediante el decreto Nº 451, de 2018, del Ministerio de Hacienda, el Presidente de la República dispuso que el referido cargo fuera eximido de la aplicación del mecanismo de selección de los altos directivos públicos, de conformidad con la facultad establecida en el artículo 1º, numeral 5, de la ley Nº 20.955, que introdujo el nuevo artículo trigésimo sexto bis a la ley Nº 19.882.
Ahora bien, debido a que el mencionado decreto Nº 451, de 2018, fue publicado el día 6 de abril del año en curso, por aplicación de lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 51 de la ley Nº 19.880, la presente designación rige a contar de esa data, y no como se indica en la parte resolutiva del acto en estudio.
Con el alcance que antecede, se ha dado curso al instrumento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto, Contralor General de la República.
Al señor
Ministro de Agricultura
Presente.