PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE SE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE PADRE LAS CASAS
Núm. 733 exenta.- Temuco, 8 de agosto de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; artículos 96, 107 y 113 del DFL Nº 1 de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290 de Tránsito; en el decreto 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; el decreto supremo Nº 83, de 1985, y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; en las resoluciones Nº 39 de 1992 y Nº 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución Nº 343 de fecha 16 de diciembre de 1998 de esta Secretaría Regional Ministerial; el ordinario Nº 660, de fecha 4 de mayo de 2018, de la Municipalidad de Padre Las Casas, que autoriza el Proyecto de Señalización; la resolución exenta Nº 1.115, de fecha 3 de abril de 2018, del Departamento Técnico de la Oficina de Licitación y Costos del Minvu Araucanía; el permiso de rotura de pavimento Nº 109 del Departamento Técnico de Serviu Región de la Araucanía; la solicitud de la Constructora Mariomariángel de fecha de ingreso a esta Secretaría Regional Ministerial 23 de julio de 2018; la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
1. Que, mediante ingreso de fecha 23 de julio de 2018, la Constructora Mario Mariángel solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial la prohibición de circulación a todo tipo de vehículos motorizados en calzada total de la calle Corvalán entre Barroso y Sarmiento; y en calle Corvalán entre Fuentes y Sarmiento, de la comuna de Padre Las Casas.
2. Que, el ordinario Nº 660 de fecha 4 de mayo de 2018 de la Municipalidad de Padre Las Casas, aprueba el proyecto de señalización presentado, debiendo cumplir los requisitos ahí señalados.
3. Que, esta Secretaría Regional Ministerial mediante resolución exenta Nº 343, de fecha 16 de septiembre de 1998, estableció la Red Vial Básica en la comuna de Padre Las Casas.
4. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, dentro de sus facultades legales, debe disponer todas las medidas de gestión de tránsito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero.
5. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo:
1. Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, desde el día 3 de septiembre hasta el día 3 de diciembre de 2018 inclusive, en la calzada total de la calle Corvalán, entre calles Barroso y Sarmiento; y en la calle Corvalán entre calles Fuentes y Sarmiento, de la comuna de Padre Las Casas; remitiéndose estrictamente a lo señalado en el Ord. Nº 660, de la Municipalidad de Padre Las Casas.
2. Podrán circular excepcionalmente en el tramo señalado, los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo.
3. Los vehículos motorizados que en su trayecto tengan como vía de circulación las señaladas en el Resuelvo Nº1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los vehículos de transporte público deberán circular por los trazados que se detallan a continuación:
TRANSPORTE URBANO MAYOR Y MENOR DE TEMUCO Y PADRE LAS CASAS
TRANSPORTE PÚBLICO MAYOR
Línea 8
8A-Ida: RH - Corvalán - Maquehue - Mac Iver - Almirante Barroso - Corvalán - RH
8A-Regreso: RH - Lillo - Mac Iver - Fuentes - Corvalán – RH
Línea 10
10A-Ida: RH - Maquehue - Mac Iver - Almirante Barroso - RH
10A-Regreso: RH - Almirante Barroso - Mac Iver - Fuentes - Corvalán - RH
TAXIS COLECTIVOS
Línea 13
13 Troncal-Ida: RH - Corvalán - Maquehue - Mac Iver - Almirante Barroso - Corvalán - RH
13 Troncal-Regreso: RH - Corvalán - Almirante Barroso - Mac Iver - Fuentes - Corvalán -
RH
13 Variante-Ida: RH - Mac Iver - Almirante Barroso - RH
13 Variante-Regreso: RH - Almirante Barroso - Mac Iver - RH
4. La empresa a cargo de las obras, al momento que entre en vigencia la presente resolución, deberá tener habilitada la calle Mac-Iver de la comuna de Padre Las Casas, a fin de mitigar las consecuencias de los desplazamientos vehiculares.
5. La empresa a cargo de las obras, deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de la vía en el tramo indicado en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía", Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras.
6. La presente resolución de prohibición de circulación de vehículos, deberá darse a conocer por medio de avisos, que se deberán difundir a través de los diferentes medios de comunicación audiovisual, tales como radios, periódicos, u otros de mayor circulación o sintonía en la comuna.
7. Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de las medidas precedentemente descritas, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Tránsito y demás normativa aplicable.
8. La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese.- Luis Calderón Ramírez, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de la Araucanía.