Art. 6.o los empleados administrativos y los Notarios, Conservadores, archiveros y oficiales civiles y todos aquellos funcionarios que puedan contribuir, en razón de su cargo, al esclarecimiento de los derechos del Fisco, estarán obligados a proporcionar gratuitamente al Ministerio de Marina, los datos e informes, incluso las copias de las inscripciones y anotaciones que tiendan a precisar esos derechos.