MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 837 EXENTA, DE 2017, DE LA SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES DE LA REGIÓN DE TARAPACÁ
             
    Núm. 656 exenta.- Iquique, 28 de agosto de 2018.
    Visto:
    La ley Nº18.059; el DFL Nº1, 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº83, de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las resoluciones Nº59, de 1985, y Nº39, de 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº140, de 2002, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Tarapacá, que fija las vías de la Red Vial Básica de la comuna de Iquique; la resolución exenta Nº837, de 23 de noviembre de 2017, que establece en vías de la ciudad de Iquique pistas de uso exclusivo para vehículos que indica; la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.
    Considerando:
    1. Que, mediante resolución exenta Nº837 de 23 de noviembre de 2017, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Tarapacá, se establece en vías de la ciudad de Iquique pistas de uso exclusivo para vehículos que indica.
    2. Que, es preciso definir horarios de operación en las vías asignadas para permitir el tránsito de otro tipo de vehículos en función de la dinámica de la ciudad.
    3. Que, se ha constatado la necesidad de agilizar el tránsito de taxis, en cualquiera de sus modalidades, que circulan por calle Tarapacá entre las calles Vivar y Barros Arana, pues al abrirse el eje de calle Vivar entre calles Thompson y Tarapacá ha mejorado el flujo de estos vehículos.
    Resuelvo:
    1. Sustitúyese el recuadro inserto en el resuelvo Nº1 de la resolución exenta Nº837 de 2017, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Tarapacá, por el siguiente:

   

    2. Incorpórase a continuación del recuadro inserto en el resuelvo 1º de la resolución exenta Nº837 de 2017, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Tarapacá, en un punto aparte, lo siguiente:
    "El horario de funcionamiento de las pistas de uso exclusivo será el siguiente:

   

    3. Incorpórase el siguiente nuevo resuelvo séptimo:
    "7.- En el caso de las pistas sólo bus, los taxis en cualquiera de sus modalidades, podrán hacer uso e ingresar a ellas sólo si se encuentran transportando algún pasajero.".
    4. En lo no modificado, se mantiene vigente lo dispuesto en la resolución exenta Nº837, de 23 de noviembre de 2017, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región de Tarapacá.
    5. La presente resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

    Anótese y publíquese.- Carlos Navarrete Cortés, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá.