Artículo 5.- El subsidio familiar establecido en el artículo 1 de la ley N° 18.020 será de $11.887 a contar del 1 de agosto de 2018. Desde el 1 de marzo de 2019 será de $12.364. Luego se reajustará en la misma fecha, proporción y mecanismo indicado para el caso de la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares descrito en el artículo 4.